Según el escrito de acusación, los hechos se prolongaron durante meses en el interior de la vivienda ocupada donde los dos acusados y la víctima compartían techo. El Ministerio Público sostiene que ambos procesados actuaron guiados por un ánimo libidinoso y en contra de la voluntad de la mujer, aprovechando ese contexto de convivencia para someterla de forma reiterada.
El relato fiscal distingue la conducta atribuida a cada uno. Al primero se le imputa haber obligado a la víctima, en numerosas ocasiones, a practicarle felaciones no consentidas, sujetándola del pelo para vencer su resistencia. Al segundo se le atribuye un patrón similar de sometimiento, además de la introducción reiterada de los dedos en las partes íntimas de la mujer sin su consentimiento.
La Fiscalía califica ambos comportamientos, por su reiteración en el tiempo y la identidad de la víctima, como sendos delitos continuados de agresión sexual. La reforma del Código Penal de 2022, conocida como la ley del solo sí es sí, integró en un único tipo penal de agresión sexual las conductas que antes se distinguían entre abuso y agresión, exigiendo el consentimiento expreso de la víctima.
La acusación pública reclama 12 años de prisión para cada procesado, a los que suma la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Solicita también una medida de libertad vigilada de 10 años una vez cumplida la pena de cárcel, así como la inhabilitación para cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que implique contacto habitual con menores, por un plazo que superaría en cinco años la duración de la condena.
El escrito pide además que se prohíba a ambos acercarse a la víctima a menos de 500 metros y comunicarse con ella por cualquier vía, directa o indirecta, así como acudir a su domicilio, su lugar de trabajo o los sitios que frecuente, durante un periodo de diez años. En el terreno de la responsabilidad civil, la Fiscalía reclama que cada procesado indemnice a la víctima con 15.000 euros —30.000 en total— en concepto de daño moral y perjuicio psicológico, y solicita la fijación de una fianza y medidas de protección e información reservada de cara al juicio oral.
Los dos acusados mantienen la presunción de inocencia, que solo un fallo condenatorio firme puede desvirtuar. El tribunal deberá valorar la prueba testifical y pericial aportada para determinar si los hechos se ajustan al tipo penal de agresión sexual continuada que sostiene la Fiscalía. La causa se enmarca en la actividad judicial reciente en la isla, donde la Policía Nacional detuvo a dos hombres por un robo de más de 10.000 euros en un estudio de arquitectura de Palma.
La vista quedó señalada para este martes en la Audiencia Provincial de Baleares, con la práctica de la prueba prevista en las sesiones sucesivas antes de que el tribunal dicte sentencia.


