El expediente sancionador se abrió en octubre de 2025, después de que la CNMC detectara, a través de sus labores de supervisión, que M+ LaLiga TV no ofrecía prácticamente ninguna de las herramientas de accesibilidad exigidas por la normativa audiovisual española. Según el informe del regulador, durante los 18 meses analizados el canal no emitió un solo programa con audiodescripción ni con interpretación en lengua de signos.
El subtitulado corrió una suerte similar: fue nulo durante todo el periodo salvo en enero de 2025, mes en el que el canal registró 68 horas subtituladas, un 9,46% de su programación mensual. Fuera de esa excepción puntual, los espectadores con discapacidad auditiva o visual carecieron de forma sistemática de recursos para seguir los contenidos del canal en condiciones de igualdad.
La Ley General de Comunicación Audiovisual, que traspone a España las directivas europeas en la materia, obliga a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual a garantizar porcentajes mínimos de programación subtitulada, con audiodescripción y en lengua de signos, con exigencias crecientes en función del tamaño y la naturaleza del operador. La CNMC es el organismo encargado de supervisar su cumplimiento y de sancionar los incumplimientos detectados.
Telefónica ha optado por no recurrir la sanción y ha asumido el pago de forma adelantada, una decisión que, según prevé el procedimiento administrativo sancionador, permite acogerse a una reducción sobre el importe inicialmente propuesto en la instrucción del expediente. La cuantía final, 209.250 euros, supone un descuento cercano al 40% respecto a los 348.750 euros que constaban en la propuesta inicial del regulador.
La compañía ha defendido que no se ha limitado al pago de la multa, sino que ha ido introduciendo cambios técnicos en la medida en que resultaban viables desde el punto de vista logístico. Fuentes de la empresa sostienen que ya venían realizando pruebas técnicas de accesibilidad antes de que se abriera formalmente el expediente, y que remitían de forma periódica al regulador sus datos de cumplimiento sin que este planteara objeciones en su momento, según recogió el portal Palco23 de Mundo Deportivo.
El pulso técnico sobre las retransmisiones en directo
Durante la instrucción del procedimiento, Telefónica Audiovisual Digital argumentó que el carácter eminentemente deportivo del canal, centrado en la retransmisión de partidos en directo, dificultaba de forma especial la implementación de subtitulado en tiempo real o audiodescripción simultánea, herramientas que requieren un desarrollo técnico distinto al de la ficción o los programas grabados. La compañía añadió que los espectadores con discapacidad disponían de vías alternativas para seguir los encuentros, como la propia imagen del partido, la narración incorporada a la señal o las retransmisiones radiofónicas.
La CNMC rechazó de forma expresa ese argumento y sostuvo que la accesibilidad debe estar integrada en el propio servicio audiovisual y no puede depender de que el espectador recurra a recursos externos ajenos a la plataforma que presta el servicio. El regulador incidió además en que LaLiga TV no emite exclusivamente encuentros en directo, sino también partidos en diferido, programas de análisis y resúmenes deportivos, formatos en los que las dificultades técnicas alegadas pierden buena parte de su peso y en los que, a su juicio, podrían haberse aplicado las medidas sin mayor complicación.
El caso de M+ LaLiga TV no es un episodio aislado en el sector. La CNMC ha ampliado en los últimos ejercicios la supervisión de las obligaciones de accesibilidad entre los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, incluidos los llamados prestadores de agregación —plataformas como Movistar, Orange o Vodafone que integran múltiples canales bajo una misma interfaz—, según recogía el propio organismo en su informe sectorial del año pasado.
La supervisión de la accesibilidad audiovisual en España tiene ya un largo recorrido: desde la aprobación de la Ley General de la Comunicación Audiovisual de 2010, los operadores en abierto vienen sujetos a cuotas crecientes de subtitulado, audiodescripción y lengua de signos, un marco que la norma vigente extendió al conjunto de prestadores. El segmento deportivo de pago ha figurado tradicionalmente entre los de menor cumplimiento, precisamente por la complejidad de las emisiones en vivo.
Telefónica ha subrayado que, con el pago de la sanción y los ajustes técnicos ya introducidos, considera cerrado el capítulo administrativo abierto por la CNMC, aunque no ha detallado un calendario público con los porcentajes concretos de programación accesible que prevé alcanzar en M+ LaLiga TV a partir de ahora.
La CNMC, por su parte, conserva la facultad de realizar nuevas comprobaciones sobre el cumplimiento de las obligaciones de accesibilidad en los canales deportivos de pago, un segmento que concentra buena parte del consumo televisivo en directo en España. La accesibilidad se ha consolidado, en paralelo, como criterio de cumplimiento normativo también para las plataformas de streaming, que suman subtítulos, audiodescripción y doblajes accesibles en sus catálogos de series y películas.

