La reforma surgió de dos iniciativas presentadas por separado: una del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano y otra del diputado local morenista Pedro Alonso Villegas Lobo. Ambas coincidieron en el tema y se refundieron en la adecuación aprobada, que retira el maltrato animal del catálogo de delitos perseguibles por querella.
Con la nueva redacción del artículo 364-Bis A, la autoridad ministerial queda obligada a iniciar investigación por maltrato animal en cuanto tenga conocimiento del hecho, sin esperar a que alguien lo denuncie. Esa distinción procesal —entre delitos perseguibles por querella y los perseguibles de oficio— es central en el derecho penal mexicano, pues determina si la procuración de justicia puede actuar por iniciativa propia o depende de la voluntad de una parte.
La reforma penal no llega aislada. En julio de 2025, el poder legislativo sinaloense modificó los artículos 4-Bis B y 91 de la Constitución local para incorporar disposiciones sobre derechos de los animales. Al artículo 4-Bis B se le añadió un tercer párrafo en su fracción tercera que prohíbe expresamente el maltrato animal y obliga al estado a otorgar las garantías para que se cumpla.
El artículo 91 constitucional, por su parte, estableció que todos los planes y programas de estudio, en todos los niveles educativos del estado, deben abordar de manera obligatoria los derechos de los animales y su cuidado. La reforma penal aprobada ahora opera como la pieza que faltaba para dar fuerza coercitiva a ese marco constitucional, al habilitar que la autoridad ministerial actúe sin depender de una denuncia ciudadana.
Sinaloa se suma a una tendencia que han adoptado otros congresos estatales, donde el maltrato animal ha pasado de tratarse como falta administrativa a incorporarse al catálogo de delitos que el Estado persigue de manera activa. Esa discusión sobre bienestar animal también ha permeado en el debate cotidiano: en la capital, el caso del envenenamiento de perros en el Parque España reavivó las demandas ciudadanas de sanción penal.
El Congreso de Sinaloa no detalló en la sesión las penas contempladas para quienes incurran en este delito bajo la nueva clasificación, ni el calendario de entrada en vigor tras su publicación. Tampoco precisó si la Fiscalía estatal contará con una unidad especializada para atender estas investigaciones de oficio, un punto que suele ser determinante para que reformas de este tipo se traduzcan en aplicación efectiva.