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La jueza del caso Alvia suspende la entrada en prisión del maquinista por el indulto

Fernández Currás accede a la petición «atendiendo a las circunstancias de todo tipo, concurrentes en relación al condenado, al delito y a la naturaleza y duración de la pena»

Por Redacción de El Hemiciclo·
2 min de lectura
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La jueza María Elena Fernández Currás ha suspendido la entrada en prisión del maquinista Francisco Garzón, condenado a dos años y medio de cárcel por el accidente del Alvia de Angrois que dejó 80 muertos en julio de 2013, mientras se resuelve su solicitud de indulto. La decisión consta en un auto del miércoles del Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago que invoca «las circunstancias de todo tipo, concurrentes en relación al condenado, al delito y a la naturaleza y duración de la pena a ejecutar».

El accidente ocurrió en julio de 2013 en la curva de A Grandeira, en Angrois, a las afueras de Santiago de Compostela, cuando el tren Alvia descarriló tras entrar en un tramo limitado a 80 kilómetros por hora a 170, según recoge el auto. Garzón fue condenado como autor de 79 delitos de homicidio y 143 de lesiones por imprudencia grave, al haberse desubicado mientras atendía una llamada telefónica del interventor del tren.

El indulto que ahora se tramita fue impulsado por el sindicato de maquinistas y cuenta con el respaldo de la Fiscalía, que en noviembre de 2024 admitió fallos de seguridad en la línea pero pidió absolver al único cargo público condenado y centrar la responsabilidad en el maquinista. La propia Fernández Currás se mostró previamente favorable al indulto del conductor al que ella misma condenó.

«No suspenderá el cumplimiento de la sentencia»

El auto recuerda, en sus fundamentos de derecho, que la ley que regula el indulto establece expresamente que la propuesta «no suspenderá el cumplimiento de la sentencia ejecutoria». La magistrada introduce a continuación un matiz que resulta determinante para su decisión.

«No obstante, habrá de tenerse en cuenta lo dispuesto» en el Código Penal, señala la jueza Fernández Currás en el auto del Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago.

Con ese razonamiento, el texto concluye: «Procede acceder a la solicitud de suspensión de ejecución de la pena impuesta, mientras se tramita el indulto solicitado y hasta que recaiga la decisión correspondiente acerca del mismo». La resolución es recurrible mediante recurso de reforma y subsidiario de apelación en tres días, o apelación directa en cinco, a contar desde su notificación.

Fue la propia Fernández Currás quien, tras una instrucción que se prolongó una década y un juicio que se extendió varios meses, dictó la sentencia condenatoria contra Garzón y contra el entonces jefe de seguridad de Adif, Andrés Cortabitarte, a quien atribuyó no haber implementado las medidas de seguridad correspondientes en un tramo donde el sistema ERTMS había sido desconectado. La Audiencia Provincial de A Coruña revocó después la condena de Cortabitarte, dejando a Garzón como único responsable penal del siniestro.

Durante toda la instrucción, la plataforma de víctimas del accidente denunció que hubo decisiones tanto en el ámbito técnico, en Adif y Renfe, como en el político, que redujeron el nivel de seguridad en la línea de alta velocidad entre Ourense y Santiago. La causa comparte el perfil de otros procesos ferroviarios prolongados: la instrucción se extendió más de diez años antes de que el Alvia se saldara en 2024 con una única condena, la que ahora queda en suspenso.

Trece años después del accidente, el desenlace judicial del caso depende de la resolución del indulto solicitado, respaldado por la misma jueza que dictó la condena contra el maquinista.

Fuentes

  1. ABCabc.es
  2. El Paíselpais.com
  3. 20 minutos20minutos.es

Material del que parte esta pieza. El texto es propio; los enlaces llevan al original.

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