El mecanismo interno de la Sala Segunda funciona con una precisión de relojería que los profanos en derecho procesal rara vez llegan a comprender. Cuando el ponente — en este caso Marchena — distribuye el borrador definitivo de una sentencia, los demás magistrados disponen de un plazo de cuarenta y ocho horas para presentar observaciones, votos particulares o discrepancias. Si transcurrido ese plazo ningún magistrado ha registrado nada, la sentencia se considera aprobada por unanimidad y se procede a su lectura pública. El plazo de cuarenta y ocho horas en el caso Koldo expira formalmente el jueves 22 a las 20:45, pero la lectura está programada para las 10:00, diez horas antes del límite. Que Marchena haya fijado una hora tan temprana indica que tiene la certeza absoluta de que no habrá objeciones.
La certeza de Marchena se basa en un trabajo previo de meses. Fuentes jurídicas próximas a la deliberación — que han hablado con este medio bajo estricta condición de anonimato — revelan que el presidente de la Sala Segunda ha mantenido reuniones bilaterales con cada uno de los cuatro magistrados a lo largo de las tres últimas semanas, en las que ha ido perfilando los puntos más delicados del borrador hasta asegurarse de que todos los miembros del tribunal compartían las mismas conclusiones. El proceso, habitual en sentencias de alta complejidad, ha sido especialmente minucioso en este caso por la magnitud de las penas y por las implicaciones políticas del fallo. Marchena, veterano de causas como el procés catalán, sabe que una sentencia dividida en el caso Koldo habría ofrecido a las defensas un argumento poderoso para la apelación.
El borrador establece tres bloques delictivos claramente diferenciados. El primero, malversación agravada, imputa a José Luis Ábalos la desviación de 53 millones de euros de fondos públicos destinados a la compra de material sanitario durante la pandemia hacia empresas vinculadas a la trama Koldo. La ponencia detalla cómo el exministro de Transportes utilizó su posición para canalizar contratos sin licitación a través de intermediarios que cobraban comisiones de hasta el 15% sobre el importe total. Koldo García, como enlace directo entre el ministerio y los proveedores, es considerado cooperador necesario en este bloque. Aldama, el tercer procesado, figura como inductor y beneficiario económico principal de la trama.
El segundo bloque, cohecho impropio continuado, documenta una red de pagos y contraprestaciones que, según la sentencia, se extendió durante más de dos años y medio. Marchena dedica ochenta y tres páginas a reconstruir cronológicamente los movimientos bancarios, los viajes, las reuniones y las comunicaciones que demuestran que Ábalos recibió ventajas económicas a cambio de facilitar la adjudicación de contratos públicos. La ponencia incluye como prueba determinante las grabaciones realizadas por Aldama durante sus reuniones con Koldo García, grabaciones que el empresario entregó a la Fiscalía como parte de su estrategia de colaboración parcial con la justicia, una estrategia que, paradójicamente, no ha sido suficiente para evitarle una condena de siete años.
El tercer bloque, prevaricación administrativa, se centra en la emisión de informes favorables que carecían de base técnica y que fueron firmados por altos cargos del Ministerio de Transportes bajo instrucciones directas de Ábalos. La sentencia identifica hasta catorce resoluciones administrativas que vulneraron los principios de objetividad, imparcialidad y legalidad que rigen la contratación pública. Es en este bloque donde se concentra la parte más pesada de la inhabilitación: treinta y ocho años de prohibición de ejercer cualquier cargo público, una cifra que prácticamente garantiza que Ábalos no volverá a ocupar un puesto institucional en lo que le resta de vida.
Mientras el silencio del Supremo consolida la sentencia, los despachos de los abogados defensores viven la noche más intensa del proceso. La defensa de Ábalos, liderada por el penalista Gonzalo Boye — conocido por su representación de Carles Puigdemont —, ha trabajado sin descanso en un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que prevé registrar antes de las doce del mediodía del jueves, dos horas después de la lectura del fallo. El recurso se basa en dos motivos principales: la denegación de pruebas testificales durante el juicio oral — en particular, la declaración de tres altos cargos del Ministerio de Sanidad que la defensa considera esenciales — y la vulneración del derecho a un juez imparcial, argumentando que las declaraciones públicas de Marchena antes del juicio comprometieron la presunción de inocencia.
Los abogados de Koldo García, por su parte, preparan una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que seguirá un calendario más largo pero que aspira a cuestionar la proporcionalidad de la pena. La argumentación, según fuentes de la defensa, se centrará en que los 19 años y medio de prisión solicitados por la Fiscalía — y previsiblemente ratificados por la sentencia — son desproporcionados para un cooperador necesario que no fue el instigador principal de la trama. La defensa invocará la jurisprudencia del TEDH sobre el principio de proporcionalidad de las penas y el derecho a un recurso efectivo, sugiriendo que el sistema español no ofrece garantías suficientes de revisión en causas penales de esta magnitud.
Víctor de Aldama, cuya pena de siete años es la menor de los tres condenados, mantiene una estrategia diferente. Sus abogados han indicado que estudiarán la sentencia antes de decidir si recurren, pero fuentes próximas al empresario sugieren que Aldama podría optar por aceptar la condena y solicitar el cumplimiento en régimen abierto, una opción que le permitiría evitar el ingreso efectivo en prisión durante al menos un año mientras se tramita la clasificación penitenciaria. La estrategia de Aldama tiene un componente adicional: como colaborador parcial de la Fiscalía, el empresario dispone de información que podría ser utilizada en futuras investigaciones sobre la trama, lo que le otorga una posición negociadora que ni Ábalos ni Koldo poseen.
La lectura del fallo de mañana jueves a las diez de la mañana será un acto solemne que Marchena ha planificado con meticulosidad. La Sala de Plenos del Tribunal Supremo, con capacidad para doscientas personas, ha sido reservada para la ocasión. La lectura completa de la sentencia de 487 páginas llevaría más de seis horas, por lo que Marchena leerá únicamente el fallo y un resumen de los fundamentos jurídicos, un procedimiento que durará aproximadamente cuarenta y cinco minutos. Los tres acusados han sido citados para estar presentes en la sala, aunque Ábalos ha comunicado que acudirá acompañado por su letrado y que no realizará declaraciones a la prensa.
Lo que ocurrirá después de la lectura es lo que mantiene en vilo al mundo político español. La sentencia del caso Koldo no es solo una resolución judicial: es un veredicto sobre una forma de gobernar. La condena de un exministro del Gobierno de Sánchez por malversación de fondos públicos durante la pandemia tendrá un impacto político cuya magnitud dependerá de dos factores: la reacción de Moncloa — que hasta ahora ha mantenido una posición de respeto institucional a la independencia judicial — y el contexto en que se produzca. Y ese contexto, como por una macabra coincidencia de calendarios, incluye una reunión en Sevilla que esta misma tarde puede sellar el destino del PSOE y, con él, el del propio presidente del Gobierno.


