El caso se habría tramitado bajo las reglas de la Ley 906 de 2004, que exige a la Fiscalía presentar ante el juez de control de garantías los elementos materiales probatorios dentro de las 36 horas siguientes a la aprehensión, con el fin de sustentar la legalidad de la captura y solicitar, si procede, una medida de aseguramiento. Según la denuncia de los ganaderos, esa sustentación habría sido insuficiente, lo que llevó a que los ocho capturados recuperaran la libertad sin que se les definiera una imputación formal.
Los denunciantes sostienen que el abigeato —la modalidad de hurto de ganado que golpea de manera recurrente a los departamentos de la Costa Caribe y los Llanos Orientales— requiere un manejo probatorio especializado, pues las pruebas suelen depender de marcas de hierro, guías de movilización y testimonios de vaqueros o administradores de fincas, elementos que se deterioran rápidamente si no se formalizan a tiempo ante el juez.
Los ocho señalados conservan la condición de indiciados: ninguno ha sido formalmente imputado por el delito de hurto agravado de ganado, de modo que la Fiscalía General de la Nación mantiene la facultad de reabrir la actuación si logra reunir y sustentar nuevos elementos probatorios ante un juez de control de garantías.
La investigación disciplinaria contra funcionarios judiciales por presuntas fallas en el ejercicio de sus funciones corresponde a la Procuraduría General de la Nación. De comprobarse una omisión en el deber funcional, el fiscal señalado podría enfrentar un proceso disciplinario independiente de cualquier eventual nueva actuación penal contra los capturados.
El hurto de semovientes figura entre las principales preocupaciones del gremio ganadero en Sucre, donde las autoridades locales han reportado de forma reiterada la pérdida de cabezas de ganado en fincas rurales, muchas veces trasladadas con rapidez hacia mercados de departamentos vecinos antes de que se pueda formalizar una denuncia. La capacidad de respuesta de los despachos de fiscalía frente a delitos contra la propiedad rural ha sido cuestionada por asociaciones de productores agropecuarios.
El reclamo se inscribe en una tensión de larga data entre los gremios rurales y la justicia penal regional. En 2016, el Consejo Superior de la Judicatura creó despachos y mecanismos para descongestionar la justicia en zonas rurales afectadas por delitos contra la propiedad, una respuesta que el sector agropecuario ha considerado insuficiente frente a la rapidez con que se moviliza el ganado hurtado entre departamentos.
El caso de Corozal se enmarca en un cuestionamiento más amplio sobre la actuación de los fiscales en Sucre, en una línea de reparos a la gestión de funcionarios judiciales de la región que ya ha tenido otros episodios, como el pliego de cargos de la Procuraduría contra Daniel Quintero por participación política. La decisión sobre la denuncia dependerá ahora de que la Procuraduría determine si hubo o no una falla en el deber funcional del fiscal señalado.
