El expediente que estudia la Sala Superior gira en torno a la identidad visual y la denominación de dos partidos: Somos México, de registro nacional, y Fuerza por México, que mantiene registros locales en Puebla, Tlaxcala y Baja California Sur. Según el proyecto, ambos institutos utilizan tonalidades de rosa que, si bien tienen nombres técnicos distintos, resultarían indistinguibles para el electorado al momento de emitir su voto, un riesgo que el ponente considera suficiente para exigir un cambio.
Somos México defendió ante el tribunal que el color que lo distingue es el denominado "rosa cívico", mientras que Fuerza por México emplea el "rosa mexicano" en sus emblemas estatales. Para la ponencia, esa diferencia terminológica no basta: la normativa electoral exige una diferenciación perceptible para el ciudadano común, y el proyecto sostiene que "el electorado no suele diferenciar tonos de rosa". "Si varios de estos elementos presentan similitudes concurrentes, surge la necesidad de adoptar medidas que aseguren una diferenciación suficiente y eviten potenciales escenarios de confusión, asociación indebida o aprovechamiento de elementos previamente posicionados en la percepción pública", señala el documento.
El asunto del nombre recibe un tratamiento distinto. El INE había considerado en primera instancia que la denominación Somos México también se prestaba a confusión con Fuerza por México, pero el proyecto que se votaría este miércoles avala el cambio por razones diferentes: no la coincidencia nominal entre partidos, sino que el nombre elegido no cumpliría con la función de individualizar al instituto político dentro del sistema plural de partidos que reconoce la Constitución.
"Caracterizar exige, además, que los signos empleados tengan aptitud suficiente para individualizar al propio instituto político como una opción específica dentro del sistema plural de partidos", indica el proyecto, que añade que "la exigencia de caracterización no puede entenderse satisfecha por el solo hecho de que una denominación permita distinguir formalmente a un partido político de los demás".
El marco legal que activa la controversia
El procedimiento se inserta en las obligaciones que la Ley General de Partidos Políticos impone a todo instituto que busca conservar o adquirir su registro nacional, entre ellas contar con una denominación, emblema y colores que no generen confusión con otros partidos ya registrados a nivel federal o local. El Consejo General del INE es la autoridad administrativa facultada para resolver en primera instancia sobre el registro y las características distintivas de los partidos; sus determinaciones son impugnables ante el TEPJF, que funge como última instancia jurisdiccional en la materia. Conforme al artículo 99 de la Constitución, las sentencias de la Sala Superior son definitivas e inatacables.
Los litigios sobre semejanza de emblemas y denominaciones partidistas no son inéditos en la historia electoral reciente del país. Desde la creación del entonces Instituto Federal Electoral en 1990 y su transformación en INE en 2014, la autoridad electoral ha resuelto en distintas ocasiones controversias por parecido de colores o siglas, particularmente en procesos de constitución de nuevos institutos que buscan registro nacional apoyándose en identidades ya utilizadas en algún estado.
La sesión de este miércoles será también la última de la magistrada Mónica Soto en la Sala Superior, luego de que renunciara la semana pasada durante un evento público. Su salida se produce en un momento de recomposición del Tribunal Electoral, en el contexto de la reforma al Poder Judicial que modificó los mecanismos de designación de juzgadores federales, incluidos los integrantes de las salas del TEPJF.
De confirmarse el sentido del proyecto, Somos México tendría que presentar ante el INE una propuesta de modificación de su emblema y color distintivo dentro de los plazos que fije la propia sentencia, un trámite que en precedentes similares ha implicado someter nuevas propuestas gráficas a la aprobación del Consejo General. Al tratarse de una resolución de la Sala Superior, no admitiría recurso posterior.
El desenlace fijaría además un criterio orientador para el INE en la evaluación de futuras solicitudes de registro de nuevos institutos políticos que pretendan emplear colores o denominaciones con algún grado de similitud respecto de partidos ya existentes. La votación está prevista para las 12:00 horas de este miércoles; el proyecto requiere el respaldo de la mayoría de la Sala Superior para surtir efectos.