La secuencia arrancó con la desaparición de la mascota mientras su dueña la paseaba por Palma. La mujer denunció la sustracción ante la Policía Nacional e inició una búsqueda por su cuenta, con publicaciones en redes sociales en las que pedía ayuda para localizar al animal, sin que en un primer momento hubiera rastro de su paradero.
Dos días después, según su denuncia, recibió una llamada de un hombre que aseguraba tener a la perra en su poder. Lejos de ofrecer una devolución sin contraprestación, el interlocutor condicionó la entrega del animal al pago de 950 euros más una propina, cifra que, según explicó, correspondería a los gastos en que presuntamente habría incurrido para recuperar al animal.
La propietaria sostiene en su denuncia que, ante sus dudas, el hombre llegó a advertirle de que no volvería a ver a su mascota si no accedía al pago. Ese elemento de presión llevó a los investigadores a calificar los hechos como un presunto delito de extorsión, y no como un hurto simple. La denunciante acordó reunirse con el hombre en las proximidades de una sucursal bancaria, debido al elevado importe reclamado, pero antes puso lo ocurrido en conocimiento de la Policía Nacional.
Esa comunicación previa permitió a los agentes del Grupo de Policía Judicial de la Comisaría Centro diseñar un dispositivo de vigilancia en el entorno del punto de entrega. En el momento pactado se presentaron dos mujeres acompañadas del animal, que la propietaria identificó sin dificultad como su perra. Antes de que se produjera el pago, los agentes desplegados en la zona intervinieron y detuvieron a ambas como presuntas autoras de los hechos, recuperando al animal y devolviéndoselo de inmediato a su dueña.
La investigación no se dio por concluida con esas dos detenciones. Los agentes continuaron las pesquisas para identificar al hombre que había realizado la llamada inicial y planteado la exigencia económica. Los investigadores lograron finalmente identificarlo y detenerlo también, con lo que el número total de arrestados asciende a tres: dos mujeres y un hombre, todos ellos como presuntos autores de un delito de extorsión.
El marco penal: extorsión frente a hurto
La extorsión está recogida en el artículo 243 del Código Penal, que castiga con penas de uno a cinco años de prisión a quien, con ánimo de lucro, obligue a otro a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio, empleando violencia o intimidación. La calificación cobra relevancia porque, en supuestos de sustracción de mascotas con posterior exigencia de dinero, la jurisprudencia ha oscilado: algunas resoluciones los encuadran en el hurto cuando existe ánimo de apropiación desde el inicio, mientras que la extorsión se aprecia cuando el pago se plantea como condición ineludible bajo amenaza, con independencia de cómo se obtuviera al animal.
Conviene recordar, además, que desde la reforma del Código Civil de 2021 los animales de compañía dejaron de tener en España la consideración jurídica de meras cosas para ser reconocidos como seres sintientes, un cambio que ha reforzado su protección legal y el peso del vínculo afectivo en litigios y causas penales.
El desenlace, con la recuperación del animal sin que la propietaria llegara a desembolsar cantidad alguna, evita que a la causa se sume un perjuicio patrimonial consumado. Esa circunstancia previsiblemente será valorada en la instrucción, aunque no exime a los detenidos de responder por una eventual tentativa, dado que la intimidación denunciada se habría producido con independencia del resultado económico final.
El caso se tramita ahora en fase de instrucción ante el juzgado que haya asumido la causa en Palma, donde deberá determinarse el grado de participación de cada uno de los tres detenidos y si procede su procesamiento. En este estadio, los tres arrestados mantienen la condición de investigados, amparados por la presunción de inocencia y sin que exista pronunciamiento judicial alguno sobre su culpabilidad.
A partir de ahora, la causa seguirá su curso con la toma de declaración a los tres investigados y a la propietaria de la perra, así como con la práctica de las diligencias que el juzgado considere necesarias, entre ellas el análisis de las comunicaciones telefónicas empleadas para coordinar la entrega del dinero. De la instrucción dependerá si el asunto avanza hacia una acusación formal ante los juzgados de lo penal de Palma o si se archiva por insuficiencia de indicios contra alguno de los implicados.


