Oviedo, vecina de la Benito Juárez, calificó la medida como "un avance" en el proceso, aunque reconoció que vivir el allanamiento y la posterior invasión de la propiedad le dejó una fuerte sensación de impotencia. La afectada explicó que, durante la audiencia, se expusieron los elementos de la investigación que sustentaron la solicitud del Ministerio Público.
De acuerdo con su relato, el juez ponderó varios factores para justificar la medida cautelar: la falta de certeza sobre el domicilio de las imputadas, las amenazas que su hermano habría recibido durante el conflicto por el inmueble y el riesgo de que las señaladas pudieran manipular cerraduras o alterar pruebas relacionadas con la causa.
La víctima cuestionó la respuesta inicial de las autoridades capitalinas. "No puede ser que las autoridades durante ¿qué fue?, ¿una semana? No hicieron nada", expresó Oviedo, quien narró que tuvo que insistir para que se atendiera su denuncia. También ofreció recomendaciones a quienes enfrenten situaciones similares: alzar la voz, documentar el reporte y anotar los datos de los servidores públicos que brindan la atención, pues, según dijo, "es una obligación de ellos, darte su servicio".
Qué significa la prisión preventiva en el proceso
Conviene precisar el estatus procesal de las implicadas. La prisión preventiva es una medida cautelar prevista en el artículo 19 de la Constitución, que responde al riesgo de fuga, de obstaculización de la investigación o de peligro para la víctima, y no constituye una condena. Virginia "N" y Diana "N" permanecen en calidad de imputadas, amparadas por la presunción de inocencia que rige el sistema de justicia penal acusatorio vigente en el país desde la reforma constitucional de 2008.
El Código Penal para la Ciudad de México contempla el despojo como delito autónomo, que puede perseguirse por la vía penal o mediante procedimientos civiles de recuperación de la posesión, según las circunstancias del hecho y si medió violencia, engaño o furtividad para tomar el inmueble. La defensa de las imputadas conserva el derecho a impugnar la medida cautelar y a presentar pruebas de descargo en las etapas subsecuentes.
El caso se enmarca en un problema que ha ganado visibilidad en distintas alcaldías de la Ciudad de México y en municipios conurbados del Valle de México, donde propiedades desocupadas, en trámite sucesorio o con litigios de propiedad suelen ser blanco de ocupaciones irregulares. Oviedo consideró que su caso exhibió que existe un problema de despojos en la zona.
El expediente coincide con otro hecho relacionado que trascendió previamente: la detención de cuatro personas señaladas de intentar apropiarse de un inmueble distinto en la misma alcaldía Benito Juárez, dos de las cuales ya habrían sido investigadas con anterioridad por presuntos allanamientos. No se ha establecido públicamente una vinculación directa entre ambos casos.
El fenómeno del despojo inmobiliario en la capital ha derivado en distintas respuestas institucionales a lo largo de los años. En sexenios anteriores, la entonces Procuraduría capitalina —hoy Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México— integró unidades especializadas para atender denuncias por invasión de predios, en un contexto en el que las víctimas suelen enfrentar largos litigios para recuperar la posesión de sus propiedades.
El proceso continuará ahora en la etapa de investigación complementaria, en la que el Ministerio Público deberá reunir los elementos para, en su caso, solicitar al juez de control la vinculación a proceso formal de las dos imputadas. Ese momento procesal, distinto de la medida cautelar ya dictada, es el que determinará si el caso avanza hacia una acusación formal ante los tribunales.