La resolución pone fin a una disputa de competencia que se prolongaba entre dos instrucciones sobre hechos conectados. Pedraz había reclamado previamente a Zamarriego que le cediera las diligencias, al entender que ambas causas se encuentran "indisolublemente" unidas y que su esclarecimiento exige "la tramitación de una sola", según los términos recogidos en su auto. Zamarriego aceptó esa petición tres días antes, en una decisión conocida el pasado 12 de agosto, por la que accedía a remitir a la Audiencia Nacional el sumario que instruía desde julio de 2025. El traspaso se ha materializado ahora con la incorporación física de los 14 tomos que componían el procedimiento, un volumen que refleja el desarrollo alcanzado por la causa en poco más de un año.
Leire Díez figura como investigada por unas presuntas maniobras dirigidas a desacreditar o presionar a agentes de la UCO y a fiscales de Anticorrupción que instruían causas sensibles. Su condición de investigada implica que el procedimiento se encuentra en fase de instrucción, sin que exista todavía escrito de acusación ni imputación formal de un delito concreto. Según las diligencias conocidas hasta la fecha, se le atribuyen contactos con empresarios y responsables policiales en los que se habría ofrecido información o mediación con el propósito de recabar material contra investigadores de causas de corrupción.
Un solo instructor para hechos conexos
La unificación de ambas piezas bajo un mismo instructor responde a un principio del proceso penal: evitar que hechos conexos —que pueden compartir testigos, documentos o líneas de investigación— se resuelvan de forma fragmentada en tribunales distintos, con riesgo de resoluciones contradictorias o de duplicidad de diligencias. El artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula precisamente los supuestos de conexidad que justifican la acumulación de causas ante un mismo órgano.
La atribución a la Audiencia Nacional, y no a un juzgado ordinario de Madrid, obedece a la naturaleza de los hechos investigados, que afectarían al funcionamiento de un cuerpo de policía judicial con competencia en toda España, la UCO, y a una fiscalía especializada de ámbito estatal, Anticorrupción. Ambas circunstancias justifican, conforme a los criterios de atribución competencial vigentes, que el caso recaiga en un órgano con jurisdicción sobre todo el territorio nacional.
La defensa de Díez ha sostenido en distintas comparecencias que no existió ningún delito y que sus actuaciones se enmarcaron en gestiones de carácter personal o profesional ajenas a cualquier intento de entorpecer la acción de la Justicia. La UCO no se ha pronunciado oficialmente sobre el contenido de las pesquisas, en línea con la reserva habitual de la Guardia Civil en causas en curso.
El precedente más cercano de disputas de competencia de este calado en la Audiencia Nacional se remonta a episodios de los casos Gürtel y Púnica, en los que la Sala de lo Penal hubo de resolver conflictos de jurisdicción entre juzgados de instrucción territoriales y la propia Audiencia por tramas de corrupción con ramificaciones en distintas comunidades autónomas. También entonces el criterio de la conexidad delictiva y la necesidad de una instrucción unificada resultaron determinantes.
La acumulación de los 14 tomos supone para Pedraz un trabajo de revisión considerable antes de decidir los siguientes pasos, que podrían incluir nuevas declaraciones de testigos, la práctica de diligencias pendientes o la citación de nuevos investigados si de la documentación incorporada se desprenden indicios que lo justifiquen. El instructor deberá determinar además si mantiene el secreto de las actuaciones, parcial o total, que ha acompañado a la causa en distintas fases.
Los plazos de instrucción en la Audiencia Nacional para causas de esta complejidad no suelen ser breves, y no hay en este momento fecha prevista para la conclusión del sumario ni para una eventual apertura de juicio oral. El siguiente hito relevante será, previsiblemente, la resolución de Pedraz sobre cómo organizar la instrucción ya unificada, así como la eventual toma de declaración de Díez ante el nuevo instructor, un trámite que hasta ahora se había sustanciado ante el juzgado de Madrid. De su desarrollo dependerá si la causa avanza hacia un procesamiento formal o si se decreta el sobreseimiento respecto de alguno o de todos los investigados.


