Las cuotas de intercambio son el cobro que las instituciones emisoras de tarjetas reciben cada vez que un cliente paga con débito o crédito en un comercio. Ese ingreso, que YG Consultores describe como una de las fuentes históricamente más estables del negocio de medios de pago, quedará sujeto a límites cuantificados. Para tarjetas de débito y otros medios no ligados a crédito, la regulación fija un tope de 10.80 pesos por operación y un cobro acumulado que en un periodo de 12 meses no podrá superar 0.30% del monto total operado. En tarjetas de crédito, el tope será de 1.30% por operación, con un cobro acumulado que no podrá exceder de 1% del monto total operado en el mismo lapso anual.
Los nuevos límites no entrarán en vigor de manera inmediata. La regulación contempla una transición escalonada de hasta 36 meses, lo que da margen a las entidades emisoras para ajustar gradualmente sus modelos de negocio. Aun así, YG Consultores señaló que los emisores deberán anticipar el efecto sobre sus ingresos y ajustar desde ahora sus proyecciones financieras, sin esperar al cierre del periodo de implementación.
El cambio implica una redistribución de costos dentro del ecosistema de pagos, de acuerdo con el mismo análisis: mientras los emisores enfrentarán una reducción en los ingresos asociados a las cuotas de intercambio, los comercios y los adquirentes que procesan esos pagos podrían beneficiarse de menores costos por la aceptación de pagos con tarjeta.
Este tipo de intervención regulatoria sobre las condiciones comerciales de los medios de pago no es enteramente nuevo en el marco mexicano. Tras la reforma financiera de 2014 y la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera —conocida como Ley Fintech— de 2018, Banxico y la CNBV ampliaron sus facultades para intervenir en las reglas del sistema de pagos. Las nuevas disposiciones profundizan esa línea al introducir topes explícitos y cuantificados, en un terreno que antes dependía en mayor medida de acuerdos entre los propios participantes.
Nuevas obligaciones para los agregadores
Más allá de los topes tarifarios, la regulación introduce obligaciones operativas de fondo para los agregadores de pagos, figuras que permiten a comercios pequeños y medianos aceptar pagos con tarjeta sin contratar directamente con un banco adquirente. Entre las nuevas cargas figura la obligación de liquidar a los comercios los recursos autorizados el mismo día en que sean recibidos, lo que reduce los tiempos de espera para disponer de las ventas.
La normativa también exige a los agregadores mantener cuentas bancarias independientes para los fondos destinados a los comercios, separadas de sus propios recursos, y les prohíbe retener o condicionar esos recursos a la contratación de otros servicios. A ello se suma la prohibición de la subagregación, es decir, que un agregador preste servicios a otro agregador para que este atienda a los comercios finales.
En conjunto, los cambios obligarán a los participantes a revisar contratos, estructuras de comisiones y procesos operativos, apuntó YG Consultores. Los equipos jurídicos y de cumplimiento de bancos, Sofipos, Socaps y demás entidades deberán evaluar los acuerdos con comercios y agregadores para ajustarse al nuevo marco antes de que concluya el periodo de transición.
El efecto no será uniforme entre todos los emisores. Las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico, reguladas bajo la Ley Fintech, y las Sociedades Financieras Populares (Sofipos) y Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (Socaps), sujetas a un esquema distinto al de la banca múltiple, también están facultadas para emitir medios de pago y dependen de los ingresos por transaccionalidad. Para las entidades orientadas a población de menores ingresos y zonas con menor penetración bancaria, la reducción de la cuota de intercambio podría trasladarse a ajustes en otras líneas de negocio o en las comisiones cobradas a sus usuarios.
Las disposiciones se inscriben en un objetivo más amplio de abaratar y agilizar las transacciones electrónicas en México. Banxico opera desde hace años el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) y ha impulsado esquemas de cobro por celular con esa misma finalidad de reducir fricciones y costos en el sistema de pagos nacional. Las nuevas reglas sobre redes de medios de disposición apuntan en esa dirección, esta vez sobre la estructura de comisiones entre emisores, adquirentes y comercios.
El cronograma queda fijado por el propio marco: la transición escalonada de hasta 36 meses marcará el calendario de ajuste para que emisores y agregadores adecuen contratos y sistemas antes de la entrada en vigor plena de los topes. En ese plazo, las entidades afectadas y las asociaciones del sector podrán plantear ante CNBV y Banxico las precisiones operativas de la implementación, mientras los comercios y adquirentes verán materializarse de forma gradual la reducción de costos que persigue la reforma.