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Muere en Cuernavaca la mujer que cubrió a su hijo en explosión de pipa

Viviana Aguilar, de 38 años, falleció en el Centro Médico Nacional La Raza tras la explosión de una unidad de la gasera Tomza en Morelos.

Por Redacción de El Hemiciclo· · Actualizado:
4 min de lectura
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Viviana Aguilar Zendejas, de 38 años, murió la tarde de este jueves 13 de agosto en el Centro Médico Nacional La Raza, en la Ciudad de México, y se convirtió en la primera víctima mortal de la explosión de una pipa de la empresa gasera Tomza ocurrida el 6 de agosto en la calle Francisco Villa de la colonia Las Granjas, en Cuernavaca, Morelos.

Aguilar Zendejas ingresó con quemaduras de segundo y tercer grado y permaneció varios días en estado crítico antes de ser derivada al hospital de alta especialidad del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México, donde los médicos buscaban evitar la amputación de una de sus piernas. El daño sistémico provocado por las lesiones causó su deceso.

La detonación se originó, de acuerdo con lo reportado, por la acumulación de gas LP tras una fuga en una unidad de reparto de Tomza. El siniestro dejó hasta el momento un saldo de una persona fallecida, 20 lesionados con quemaduras severas y 32 viviendas destruidas o con daños estructurales en la colonia Las Granjas, una zona habitacional donde la circulación de pipas de gas LP es habitual ante la ausencia de red de gas natural domiciliario en buena parte del área metropolitana de Cuernavaca.

Reclasificación hacia homicidio culposo

Con la muerte de Aguilar Zendejas, se espera que la Fiscalía General del Estado de Morelos reclasifique las carpetas de investigación abiertas por la explosión —que hasta ahora contemplaban lesiones y daños patrimoniales— para incorporar el delito de homicidio culposo contra quien resulte responsable. El procedimiento se encuentra en fase de investigación inicial, sin que conste hasta el momento la identificación formal de una persona imputada ante un juez de control.

La reclasificación de una carpeta es un trámite ordinario en el sistema penal acusatorio mexicano cuando las circunstancias del hecho —en este caso, el fallecimiento de una víctima que inicialmente figuraba como lesionada— modifican la calificación jurídica. El Código Nacional de Procedimientos Penales prevé que el Ministerio Público ajuste la teoría del caso conforme avanza la indagatoria, antes de la audiencia inicial en la que, de mediar una imputación, el juez de control resolvería sobre una eventual vinculación a proceso.

Esa vinculación, contemplada en el artículo 19 constitucional, determinaría si existen datos de prueba suficientes para continuar el proceso penal contra la persona o personas señaladas como responsables, ya sea representantes de la empresa gasera, el operador de la unidad o terceros involucrados en su mantenimiento. El sistema penal mexicano permite además perseguir la responsabilidad de la persona moral —la propia empresa— de forma autónoma o conjunta con las personas físicas. Hasta ahora ninguna autoridad ha confirmado que exista alguien con estatus procesal en esta causa.

La empresa Tomza, una de las distribuidoras de gas LP con presencia en el centro y sur del país, no ha ofrecido hasta el momento una postura pública sobre el origen de la fuga ni sobre las medidas de mantenimiento aplicadas a la unidad involucrada. Las autoridades estatales tampoco han precisado si existe una fecha estimada para concluir la etapa de investigación inicial ni si se ha solicitado alguna orden de aprehensión.

El precedente de Cuajimalpa

Los siniestros con pipas de gas LP no son inéditos en el país. En enero de 2015, la explosión de una pipa en el Hospital Materno Infantil de Cuajimalpa, en la Ciudad de México, dejó varios muertos y decenas de heridos, un caso que derivó en procesos penales contra directivos de la empresa involucrada y en una revisión de la normativa sobre transporte y distribución de gas LP. Las reglas vigentes exigen revisiones periódicas de los tanques y protocolos de maniobra en zonas urbanas densamente pobladas, cuyo cumplimiento en el caso de Cuernavaca deberá verificar la investigación en curso.

La reclasificación de una carpeta de lesiones a homicidio culposo, cuando la víctima fallece días después del hecho, no representa por sí misma un adelanto sobre la responsabilidad penal de persona alguna. Corresponderá al Ministerio Público morelense reunir los datos de prueba necesarios para sostener, en su caso, una imputación formal ante el juez de control competente.

Las familias de las 20 personas con quemaduras severas y de los habitantes de las 32 viviendas afectadas permanecen a la espera de que la Fiscalía General del Estado de Morelos defina en las próximas semanas si existen elementos suficientes para judicializar el caso. El expediente, de continuar su curso, marcaría un precedente sobre la responsabilidad de las empresas distribuidoras de gas LP en la seguridad de sus unidades de reparto en zonas habitacionales del país.

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