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Las denunciantes de Julio Iglesias recurren su acceso al expediente

Las exempleadas del cantante apelan la sentencia que obligó a la Fiscalía a entregarle las diligencias archivadas y piden revocar el fallo íntegramente

Por Redacción de El Hemiciclo· · Actualizado:
4 min de lectura
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Las dos exempleadas que denunciaron a Julio Iglesias por presuntos abusos y un régimen de explotación laboral en sus propiedades del Caribe han recurrido en apelación ante el Tribunal Central de Instancia la sentencia que reconocía al cantante el derecho a acceder al expediente completo de las diligencias que la Fiscalía de la Audiencia Nacional había archivado.

El litigio se remonta a los meses en que Julio Iglesias intentó, sin éxito por la vía administrativa, que la Fiscalía de la Audiencia Nacional le diera traslado de las actuaciones abiertas a raíz de la denuncia de sus exempleadas. Ante la negativa del Ministerio Público, su defensa optó por iniciar un procedimiento judicial por vulneración de derechos fundamentales en el orden Contencioso-Administrativo, la vía prevista para reclamar frente a la Administración —en este caso, la actuación de la Fiscalía— cuando se considera lesionado un derecho reconocido en la Constitución.

La jueza que instruyó ese procedimiento tomó declaración a ambas partes y falló a favor del cantante, obligando a la Audiencia Nacional a entregarle la denuncia y el resto de diligencias de investigación preprocesal, es decir, las practicadas antes de que existiera un procedimiento penal formal. Fue la fiscal Beatriz López Pesquera quien se encargó de dar cumplimiento a la sentencia y trasladar la documentación al cantante.

Conocido el fallo, las exempleadas presentaron un recurso de apelación para pedir la suspensión cautelar de su ejecución. Solicitaban que, en todo caso, se excluyeran sus propias declaraciones, cualquier dato susceptible de identificarlas directa o indirectamente a ellas o a los testigos, y que fuera Julio Iglesias quien asumiera las costas del procedimiento. Antes de ese recurso, las denunciantes ya habían intentado, sin éxito, estrechar por otra vía los límites del acceso concedido: promovieron un incidente de aclaración de sentencia, un trámite que permite pedir al tribunal que precise o corrija aspectos de un fallo ya dictado sin necesidad de recurrirlo, y que no prosperó.

El argumento del recurso

En el escrito de apelación, la defensa de las denunciantes sostiene que Julio Iglesias carece de «un derecho general» a acceder a diligencias preprocesales que nunca desembocaron en una imputación formal, y advierte de que la entrega de la documentación durante la tramitación del recurso «produciría una pérdida irreversible de su finalidad legítima», puesto que una vez facilitado el acceso «no sería posible restaurar la situación anterior ni reparar íntegramente la lesión ocasionada a los derechos fundamentales de las víctimas, los testigos protegidos y los terceros afectados».

La sentencia recurrida, sin embargo, ya se ha ejecutado. Julio Iglesias dispone de la denuncia completa y de las diligencias de investigación preprocesal practicadas en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, si bien las actuaciones se le trasladaron con las medidas de protección de datos habituales para preservar la identidad de las denunciantes en el documento, una cautela que en la práctica resulta limitada porque el cantante conoce a ambas mujeres, que trabajaron para él en sus residencias del Caribe.

Con el expediente ya en su poder, Julio Iglesias tiene previsto presentar una denuncia por denuncia falsa contra sus exempleadas, un delito tipificado en el artículo 456 del Código Penal que castiga a quien, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, impute a otra persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal. El cantante niega íntegramente el relato de abusos sexuales y de condiciones de explotación laboral que sus exempleadas trasladaron en su día a un medio de comunicación.

La disputa judicial se ha ramificado además hacia el terreno de la difamación. Julio Iglesias ha interpuesto una querella por injurias y calumnias contra el medio que publicó las acusaciones de sus exempleadas, y otra, por el mismo motivo, contra la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, a quien atribuye haberle difamado a raíz de esas informaciones. Ni el medio ni la vicepresidenta han hecho pública una respuesta a estas querellas.

Las exempleadas, por su parte, mantienen su ofensiva judicial. Tras la denuncia inicial ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional —que la teniente fiscal de ese tribunal terminó archivando por falta de indicios suficientes— han presentado una nueva querella contra el cantante en los juzgados centrales de instrucción de la Audiencia Nacional, en un intento de reabrir en España una causa que hasta ahora no ha logrado prosperar por la vía penal.

El recurso de apelación sobre el acceso al expediente queda ahora en manos del Tribunal Central de Instancia, que deberá resolver si confirma la sentencia que ya benefició a Julio Iglesias o si, por el contrario, da la razón a sus exempleadas y revoca el fallo, con las consecuencias que ello podría tener sobre el uso que el cantante haga de la documentación ya obtenida. No hay plazo oficial conocido para esa resolución, y el desenlace de la nueva querella ante los juzgados centrales sigue pendiente de que se admita o no a trámite.

El caso ilustra una tensión jurídica no infrecuente entre el derecho de defensa de quien ha sido denunciado —incluido el acceso a las actuaciones que le afectan, aun cuando hayan sido archivadas sin imputación formal— y el derecho a la intimidad y protección de quienes denuncian, especialmente en causas archivadas en fase preprocesal que nunca llegaron a convertirse en un procedimiento penal abierto. Los tribunales españoles han abordado en otras ocasiones litigios sobre el alcance del acceso a diligencias de la Fiscalía, sin que exista hasta ahora un criterio unificado del Tribunal Supremo sobre esta cuestión específica.

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