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Juez español envía a juicio a la esposa de Pedro Sánchez por tráfico de influencias

El gobierno español considera la instrucción «arbitraria e injusta»; Begoña Gómez será juzgada por un jurado popular por tráfico de influencias y malversación.

Por Redacción de El Hemiciclo·
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El juez Juan Carlos Peinado dictó este lunes auto para enviar a juicio con jurado popular a Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, como presunta autora de tráfico de influencias y malversación. La decisión llega días antes de que el magistrado se jubile y cierra una investigación abierta hace casi dos años y medio a raíz de una denuncia del autodenominado sindicato Manos Limpias, basada en informaciones de prensa.

El auto no impone medidas cautelares personales contra Gómez, pero ordena investigar "la capacidad económica" de la esposa del jefe del ejecutivo español y le exige remitir sus cinco últimas declaraciones fiscales, ante eventuales responsabilidades pecuniarias que pudiera enfrentar si el jurado la declarara culpable. La causa se remitirá ahora a la Audiencia Provincial de Madrid, órgano que deberá fijar la fecha del juicio.

Peinado acordó también que Gómez tenga "la obligación" de permanecer "en todo momento" a disposición del juzgado y de la Audiencia, y que informe de cualquier cambio de "domicilio o paradero", una restricción que en el procedimiento penal español garantiza la comparecencia del acusado sin recurrir a la prisión preventiva. En una fase previa, el juzgado ya había ordenado a Gómez la entrega de su pasaporte.

El origen del caso está en una denuncia presentada hace casi dos años y medio, sustentada en informaciones periodísticas que apuntaban a presuntas irregularidades en la actividad profesional de Gómez cuando codirigía una cátedra pública en la Universidad Complutense de Madrid. El juez había llegado a imputarle cuatro delitos —tráfico de influencias, malversación, apropiación indebida y corrupción en los negocios—, pero un recurso de la defensa ante la Audiencia Provincial de Madrid dejó el procedimiento de jurado en los dos primeros y sobreseyó los otros dos.

En el auto, Peinado sostiene que la trayectoria profesional de Gómez sufrió un "cambio radical" a partir de junio de 2018, cuando Pedro Sánchez asumió la presidencia del gobierno español, con "decisiones públicas favorables" hacia la cátedra que ella codirigía. El magistrado afirma que esas decisiones "pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional".

Según el relato judicial, Gómez "proyectaba simultáneamente su posición institucional, su actividad académica y sus relaciones con directivos y empresas con intereses o vínculos con el sector público" en el marco de la financiación de la cátedra. El auto, no obstante, no imputa al presidente del gobierno.

Hazte Oír pide 13 años de cárcel

Al proceso se sumaron distintas acusaciones populares, coordinadas por la organización ultraderechista Hazte Oír, que solicitan 13 años de cárcel para Gómez. En el mismo sumario figura acusada su asesora, Cristina Álvarez, por un delito de malversación. Ninguna de las dos ha sido condenada: la apertura de juicio oral abre paso a la vista, pero la presunción de inocencia se mantiene hasta que exista sentencia.

Fuentes del gobierno español reaccionaron con dureza a la resolución. Calificaron la instrucción de "arbitraria e injusta" y sostuvieron que responde a una persecución judicial motivada por el vínculo matrimonial de Gómez con el presidente.

"Es una instrucción arbitraria e injusta que solo responde a una persecución judicial por ser la esposa del presidente del gobierno, Pedro Sánchez", según fuentes del gobierno español.

Esas mismas fuentes insistieron en la inocencia de Gómez y expresaron confianza en que el jurado popular impartirá justicia una vez celebrado el juicio. La causa se ha convertido, desde su apertura, en un asunto que la oposición al socialista Sánchez ha empleado con frecuencia para cuestionarlo, vinculándolo con señalamientos de corrupción.

La figura del jurado popular, prevista en la ley orgánica del tribunal del jurado de 1995 y reservada a un catálogo tasado de delitos, introduce un factor distinto: a diferencia de un tribunal togado, serán nueve ciudadanos quienes decidan sobre culpabilidad o inocencia tras escuchar las pruebas de la fiscalía y de las acusaciones populares.

El caso se inscribe en un escrutinio más amplio sobre las redes de relaciones entre el poder político y las actividades profesionales o empresariales de familiares de gobernantes, un patrón también documentado en México, donde familiares de políticos mexicanos acumulan contratos y procesos penales sin que ello implique, por sí mismo, responsabilidad penal comprobada.

La investigación de casos que involucran a familiares de altos cargos no es nueva en la política española: el caso Nóos, que llevó a juicio al cuñado del rey Juan Carlos I, Iñaki Urdangarin, y a la infanta Cristina —absuelta en 2017—, marcó un precedente de exposición de miembros de las familias del poder ante los tribunales por su actividad económica.

Con el auto de este lunes, Peinado cierra su etapa como instructor de la causa antes de su jubilación esta misma semana y deja en manos de la Audiencia Provincial de Madrid la fijación de la fecha del juicio con jurado popular contra Begoña Gómez.

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