Según el relato inicial que la mujer trasladó a la Policía, dos hombres la habrían introducido en un vehículo bajo amenaza, uno de ellos mostrándole una navaja mientras le advertía «No grites o te mato», antes de sustraerle 475 euros en efectivo que guardaba en una mochila.
La denunciante añadió que, durante el trayecto, uno de los supuestos asaltantes le habría realizado tocamientos en sus partes íntimas y que finalmente la dejaron bajar del coche con la condición de no mirar atrás hasta que se hubieran marchado. Al llegar a su domicilio llamó a la Policía, que envió a dos agentes a tomarle declaración; la mujer rechazó la asistencia sanitaria que le ofrecieron.
La denuncia incluía un tercer elemento: una transferencia de 555 euros desde su cuenta bancaria que, según ella, se había realizado sin su consentimiento. La mujer relacionó esa sustracción con el robo, al sostener que los asaltantes la habían obligado a desbloquear el móvil durante el asalto y que podrían haber accedido así a sus datos bancarios.
Fue esa denuncia inicial, con tres capas —robo con violencia, agresión sexual y sustracción bancaria—, la que activó la investigación policial. Los agentes detectaron incongruencias en el relato y decidieron citar de nuevo a la mujer para ampliar su testimonio.
Ya en dependencias policiales, según la Policía, la mujer reconoció que los hechos no sucedieron como los había descrito y que el robo y la agresión sexual eran falsos. Mantuvo que sí había sido víctima de una estafa de 555 euros cuya autoría desconocía, y que su intención al denunciar un robo violento era aportar esa denuncia al banco para conseguir la devolución del dinero.
La mujer quedó detenida por un presunto delito de simulación de delito, tipificado en el artículo 457 del Código Penal, que castiga con multa a quien denuncia ante autoridad hechos delictivos falsos sabiendo que no se han cometido, cuando ello provoca actuaciones procesales. La norma persigue precisamente el coste que esas denuncias ficticias imponen a los recursos policiales y judiciales.
Las denuncias instrumentales vinculadas a reclamaciones económicas no son un fenómeno aislado en los juzgados españoles.


