En la mayoría de los países de la UE, los menores que cometen una ofensa criminal enfrentan la justicia juvenil, un sistema que parte de que el cerebro del menor está en desarrollo y de que no siempre cabe esperar que comprenda la severidad de sus actos. Con excepciones, esa justicia se aplica entre los 12 y los 18 años, con un fuerte enfoque pedagógico y penas menores que las de los adultos. El aumento de la participación delictiva de menores y la gravedad de los delitos en los que se involucran han alimentado, sin embargo, voces que piden reducir la edad de imputabilidad e invocar más temprano la ley penal de adultos para los casos más severos.
Strömmer sustentó la iniciativa en que, sólo el año pasado, 52 menores estuvieron implicados en Suecia en procesos judiciales por presunto asesinato o intento de asesinato. El borrador original planteaba fijar el umbral en 13 años, pero terminó en 14. El paquete contempla además penas de prisión más largas y una ampliación de las competencias policiales, según el proyecto presentado por el gobierno sueco.
Como parte de esas medidas, a partir del 1 de julio estaba prevista la entrada en operación de las primeras unidades especiales para adolescentes de entre 15 y 17 años dentro de centros penitenciarios. Estas instalaciones, denominadas "prisiones juveniles", buscan sustituir los centros residenciales especiales que hasta ahora opera la Junta Nacional de Atención Institucional, aunque con un régimen más cercano al penitenciario que al de un centro de atención tutelar.
Un mosaico sin edad mínima común en Europa
En la UE y sus vecinos —Reino Unido, Suiza, Noruega y Turquía— no existe una normativa universal sobre la edad mínima de responsabilidad penal. Según los archivos de Child Rights International Network, organización con sede en Londres dedicada a monitorear los derechos de la infancia, en Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte los menores pueden ser considerados responsables desde los 10 años, la edad más baja de Europa occidental. En Irlanda, niños de 10 y 11 años pueden ser considerados penalmente responsables de asesinato, homicidio involuntario, violación o agresión sexual con agravantes.
En Bélgica, Países Bajos y Turquía el código penal se aplica desde los 12 años. Hungría castiga a partir de esa misma edad delitos como homicidio, agresión, robo y saqueo, siempre que el menor tenga la capacidad de comprender la naturaleza y las consecuencias de su acto. En Grecia, los menores de entre ocho y 13 años no pueden ser considerados penalmente responsables, pero sí pueden ser objeto de medidas educativas o terapéuticas por actos que, cometidos por un adulto, constituirían delito.
En Alemania, Italia, Malta, España, Estonia, Letonia y Lituania, la responsabilidad penal se fija en 14 años. Dinamarca y Finlandia la establecen en 15 —la misma cifra que ahora busca adoptar Suecia si prospera la reforma—, mientras que Luxemburgo y Portugal la ubican en 16 y Polonia en 17. Este último país penaliza, no obstante, desde los 15 años cuando se trata de un ataque al presidente, homicidio o un desastre que ponga en riesgo vidas humanas.
Francia representa un modelo distinto al no fijar una edad mínima absoluta. Su normativa considera penalmente responsables de delitos graves a los menores de 18 años "capaces de comprender lo que hacen", un criterio de discernimiento evaluado caso por caso y sujeto a interpretación judicial.
Cómo se lee este debate desde México
El contraste con el sistema mexicano resulta útil para dimensionar el debate. México se rige por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, vigente desde 2016, que fija la responsabilidad penal en 12 años con medidas diferenciadas hasta los 18. Esa cifra proviene de la reforma constitucional de 2005, el precedente histórico más cercano: transformó el antiguo sistema tutelar de menores en un modelo garantista de justicia para adolescentes y estableció por primera vez un límite etario uniforme de 12 años en todo el país, sustituyendo la disparidad de criterios que antes regía en cada entidad federativa.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto en distintas ocasiones que el sistema de justicia para adolescentes debe privilegiar la reinserción social sobre el castigo, en línea con los tratados internacionales de derechos del niño ratificados por el país, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, suscrita por México en 1990. El umbral de 12 años coloca al país por debajo de las excepciones anglosajonas de 10 años y en línea con Bélgica, Países Bajos, Turquía o Hungría.
La discusión europea sobre reducir edades de imputabilidad no tiene, hasta el momento, una iniciativa correlativa en el Congreso de la Unión ni pronunciamientos conocidos de la Secretaría de Gobernación o del gabinete de seguridad federal. El caso sueco podría, sin embargo, convertirse en referencia para futuros debates en América Latina, región donde el aumento de la participación de menores en estructuras del crimen organizado ha llevado a varios países a revisar sus marcos de justicia juvenil.
Por lo pronto, la propuesta sueca continúa su trámite legislativo interno, sin fecha reportada de votación en el Parlamento de ese país. Organizaciones de derechos de la infancia en Europa sostienen que la medida contraviene los estándares internacionales sobre el trato diferenciado a menores en conflicto con la ley, y han advertido que la impugnarán si es aprobada.