La controversia se originó a partir de declaraciones del ministro Villatoro, quien habría denunciado que un medio digital ofreció gestionar protección o asilo en México para un pandillero de la 18, a cambio de que este brindara testimonios contra el Gobierno. Frente a ese señalamiento, Guevara tomó la palabra para respaldar la posición del funcionario y trazar una línea entre el resguardo de fuentes y la intermediación de beneficios legales.
"Proteger una fuente NO es negociar beneficios para ella", afirmó el legislador, en referencia al principio periodístico según el cual un comunicador puede resguardar la identidad de quien le proporciona información, pero no debería involucrarse en gestionar ventajas legales o migratorias para esa persona. El diputado sostuvo que, de comprobarse el señalamiento del ministro, la conducta atribuida al medio traspasaría los límites de la ética periodística.
Guevara comparó el presunto caso con las negociaciones que en El Salvador se popularizaron bajo el término "sangre por votos", empleado para aludir a supuestos pactos entre estructuras políticas y pandillas con el fin de obtener apoyo electoral o reducir la violencia en determinados territorios durante procesos de comicios pasados. Esas alegaciones han sido objeto de investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) en años anteriores.
El marco constitucional de la protección de fuentes
La Constitución de la República, en su artículo 6, reconoce el derecho a la libertad de expresión y de prensa. La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha reiterado en fallos previos que la protección de fuentes periodísticas constituye un elemento esencial de ese derecho, orientado a garantizar el acceso ciudadano a información de interés público sin exponer a quienes la proporcionan a represalias.
Ese mismo marco jurídico no exime a los comunicadores de responsabilidades penales si se comprobara su participación directa en gestiones que favorezcan a personas vinculadas a estructuras criminales, de acuerdo con el Código Penal salvadoreño, que contempla figuras como la obstrucción de justicia o el favorecimiento, aplicables con independencia de la profesión de quien las cometa. La distinción entre la labor informativa y la intermediación en negociaciones con actores señalados por la justicia es, precisamente, el punto que Guevara buscó subrayar.
El señalamiento de Villatoro se produce dentro del régimen de excepción, denominación oficial de la medida vigente en El Salvador desde marzo de 2022, aprobada por la Asamblea Legislativa tras una escalada de homicidios atribuidos a pandillas. Bajo ese marco, el Órgano Ejecutivo ha sostenido una política de contención frente a estructuras como la Mara 18 y la Mara Salvatrucha (MS-13). Organizaciones de derechos humanos han cuestionado en reiteradas ocasiones el debido proceso en las detenciones practicadas.
Réplica pendiente y ruta procesal
La FGR, encabezada por el fiscal general, no ha confirmado la apertura de una investigación formal derivada de las declaraciones de Villatoro. De abrirse diligencias, correspondería a ese Órgano recabar evidencia documental o testimonial para esclarecer si existió efectivamente una oferta de protección o asilo y determinar responsabilidades penales concretas.
El episodio se inscribe en una relación marcada por señalamientos cruzados entre el Órgano Ejecutivo y sectores del periodismo digital, que han documentado en años recientes controversias sobre el manejo de información relativa a pandillas. El Gobierno, por su parte, ha calificado en ocasiones anteriores a estos medios de mantener una postura de oposición a sus políticas de seguridad.
De cara a los próximos días, la incógnita central es si la FGR decidirá iniciar una investigación formal y si el medio digital involucrado ofrecerá una respuesta pública a los señalamientos formulados por el ministro Villatoro y respaldados por el diputado Guevara. En casos comparables, la definición de responsabilidades por parte del sistema judicial salvadoreño ha requerido meses de diligencias.

