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Justicia retoca la ley anticorrupción tras la presión de notarios y del CGPJ

El ministerio de Bolaños plantea que convivan la escritura notarial y el documento privado en la venta de participaciones sociales

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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El Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, dirigido por Félix Bolaños, ha modificado en las últimas semanas el anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública, según reveló otro medio citando fuentes conocedoras de la negociación.

Qué contemplaba el anteproyecto original

El anteproyecto, aprobado por el Consejo de Ministros el 17 de febrero de 2026 dentro del Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, contemplaba 84 medidas y la modificación de 18 leyes, seis de ellas orgánicas. Su punto más discutido era la supresión del requisito de escritura pública notarial para la venta de participaciones sociales —vigente en España desde 1953—, que se sustituía por un control posterior a cargo del registrador mercantil.

La reforma del artículo 106 desplazaba así el momento del control: de una intervención presencial y previa ante notario a una verificación registral posterior a la operación. Esa modificación del eje del sistema es lo que ha desencadenado la contestación del notariado y de sectores de la fiscalía especializada.

La fórmula del doble cauce

Según las fuentes citadas por otro medio, el Gobierno ha trabajado en una versión remodelada que permitiría al ciudadano optar libremente entre acudir al notario o formalizar la operación mediante documento privado presentado ante el registrador mercantil. Una de esas fuentes resumió gráficamente la lógica del cambio: «Tú puedes elegir ser un corrupto o ser legal, ir al notario o al registrador», según recoge el citado medio.

Ese diseño de doble vía, sin embargo, no ha despejado las sospechas de una parte de los expertos consultados por otro medio, que sostienen que la coexistencia de ambos sistemas podría facilitar operaciones societarias con menor trazabilidad. «Quieren legalizar sus chapuzas, como lo de Cerdán», afirmaron esas fuentes según el reportaje. Conviene subrayar que esta valoración procede de una única fuente periodística y no ha sido corroborada de forma independiente ni por el propio Ministerio de Justicia.

El precedente que dispara las alarmas

El caso que ha servido de referencia en el debate es la investigación de la Guardia Civil sobre el que fue secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, apartado de sus responsabilidades tras destaparse un presunto pacto no elevado a escritura pública con el empresario Antxon Alonso. Según la instrucción en curso, ese acuerdo permitía a Cerdán participar en la mitad de los beneficios de la empresa Servinabar, adjudicataria de contratos públicos con grandes constructoras, a cambio de contraprestaciones que las pesquisas consideran inexistentes o irrisorias.

La exigencia de escritura pública para transmitir participaciones sociales nació precisamente en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 1953 para dotar de seguridad jurídica y trazabilidad a esas operaciones, un modelo compartido con otros ordenamientos de tradición jurídica continental como el francés, el italiano o el alemán. Los defensores del notariado esgrimen ese origen como argumento frente a la reforma.

El aval del CGPJ y el papel del GAFI

El Consejo General del Poder Judicial remitió en mayo de 2026 un informe sobre el anteproyecto en el que advertía de que sustituir el control notarial previo por uno registral posterior implicaba «un alcance e intensidad distinto al control presencial en sede notarial», y recomendaba que ambas figuras coexistieran sin eliminar la notarial. El órgano de gobierno de los jueces no cuestionó la creación de nuevas figuras de control, sino la supresión de una garantía ya existente.

El sistema notarial español ha sido calificado por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo intergubernamental de referencia en la lucha contra el blanqueo de capitales, como «una medida de eficacia substancial» frente a estas prácticas, según recuerdan las fuentes consultadas por otro medio. Ese reconocimiento internacional ha sido uno de los argumentos centrales del notariado para oponerse a la reforma original.

La presión de los notarios y las alegaciones de Madrid

El notariado ha mantenido una presión sostenida sobre el Ministerio de Justicia desde que se conoció el contenido del anteproyecto, alertando de que la eliminación del control presencial notarial podía debilitar la seguridad jurídica del tráfico mercantil, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, mayoritarias en el tejido productivo español según el Instituto Nacional de Estadística (INE).

La Comunidad de Madrid presentó alegaciones formales al anteproyecto en mayo de 2026. Su portavoz, Miguel Ángel García Martín, calificó entonces la norma como «un salvoconducto para la corrupción de Sánchez» y advirtió de que el organismo anticorrupción centralizado que crea la ley operaría «como un apéndice más del Palacio de La Moncloa». El Ministerio de Justicia no ha efectuado declaraciones oficiales sobre el contenido exacto de la revisión, según las fuentes del propio reportaje.

Calendario: revisión en agosto, Congreso en septiembre

Fuentes del Ministerio de Justicia citadas por el medio sitúan la revisión definitiva del texto en agosto de 2026, con el objetivo de que la versión remodelada llegue al Congreso de los Diputados en septiembre, ya con el ajuste sobre la doble vía notarial-registral incorporado, «porque así los notarios ya no tienen supuestamente para enfadarse tanto», según una de esas fuentes.

El anteproyecto deberá superar los trámites ordinarios de una ley orgánica: dictamen del Consejo de Estado, debate y aprobación en el Congreso —donde las leyes orgánicas requieren mayoría absoluta en la votación final de conjunto— y posterior paso por el Senado. Tratándose de una norma que afecta a instituciones clave como el notariado y los registros mercantiles, previsiblemente recibirá enmiendas de los grupos parlamentarios y seguirá siendo objeto de escrutinio por parte de las asociaciones profesionales afectadas.

Qué queda por confirmar

A la espera de que el Gobierno confirme oficialmente los términos exactos de la reforma y de que trascienda el texto remodelado, el debate sobre el artículo 106 de la Ley de Sociedades de Capital queda abierto. La instrucción sobre la trama Cerdán continúa su curso, sin que por el momento existan más piezas del caso vinculadas directamente a la tramitación de esta ley. El Hemiciclo tratará de contrastar con nuevas fuentes el contenido definitivo del anteproyecto cuando el Ministerio de Justicia lo haga público.

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