Según la resolución judicial, los procesados pertenecían a diez clicas distintas vinculadas al programa Centrales de la Mara Salvatrucha, con operaciones concentradas en varios sectores de San Salvador. El tribunal diferenció entre quienes ejercían funciones de corredor de clica y quienes figuraban como integrantes en el momento de fundamentar las penas.
Entre las estructuras señaladas en la sentencia figura la clica Modelos Locos Salvatruchos, que operaba en la plaza El Trovador y los barrios San Jacinto y Modelo. También aparece la clica Gangster Locos Salvatruchos, con actividad en los alrededores de las instalaciones de FENADESAL, y la clica Iberias Locos Salvatruchos, asentada en la comunidad Iberia. El resto de los procesados pertenecía a otras células que, de acuerdo con los datos del proceso, delinquían en distintos puntos de la capital.
La diferencia de penas dentro de una misma resolución —cadena perpetua, 45 años y 30 años— corresponde al rol atribuido a cada procesado: pertenencia calificada como terrorismo en el caso de González Mejía y Hernández, funciones de corredor de clica en el segundo grupo y membresía en el tercero, según la resolución judicial.
El artículo 344-A, incorporado tras la reforma penal que tipificó a las pandillas como organizaciones terroristas, se ha convertido en la base jurídica recurrente para elevar las penas frente al delito tradicional de agrupaciones ilícitas, que preveía sanciones menores. La condena se dicta en el marco del régimen de excepción, en vigor desde marzo de 2022.
La reforma que endureció las penas contra las pandillas se aprobó en la Asamblea Legislativa en los meses posteriores a la implantación del régimen de excepción, cuando la bancada oficialista impulsó un paquete de cambios al Código Penal que elevó de forma sustancial las condenas por pertenencia a estas estructuras respecto al marco anterior.
Las capturas que dieron origen a este proceso se insertan en la dinámica de operativos policiales contra integrantes de pandillas que la Policía Nacional Civil ha mantenido en distintos puntos del país, como la aprehensión en Morazán de alias "Campuso", con tres órdenes judiciales pendientes.
El Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado fundamentó las condenas en los delitos establecidos en la resolución y en la legislación penal reformada, que mantiene la cadena perpetua como pena máxima para la pertenencia a organizaciones terroristas.
