El primer eje de la propuesta busca endurecer los criterios de permanencia para quienes ostentan la calidad de residentes temporales, categoría gestionada por la Dirección General de Migración y Extranjería que permite a ciudadanos extranjeros vivir en el país por periodos renovables sin necesidad de naturalizarse. La normativa actual no fija un mínimo de días de estadía anual para mantener ese estatus, vacío que —según lo trascendido de la cartera— habría dado lugar a casos de personas que obtienen la residencia pero pasan la mayor parte del año fuera del territorio.
El segundo eje, la pérdida de la nacionalidad para naturalizados que cometan delitos graves, toca un terreno jurídico más sensible. El artículo 90 de la Constitución de la República establece quiénes son salvadoreños por nacimiento y por naturalización, y cualquier reforma que afecte derechos de ciudadanía requeriría un análisis de constitucionalidad riguroso, dado que la nacionalidad goza de protección reforzada en el ordenamiento salvadoreño. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia sería, en última instancia, la llamada a revisar la compatibilidad de una medida de este tipo con la Carta Magna si se aprobara y fuera impugnada.
Un marco migratorio en revisión desde la posguerra
La legislación migratoria salvadoreña ha sido objeto de reformas sustanciales a lo largo de las últimas décadas. La antigua Ley de Migración data de 1958, con múltiples modificaciones posteriores, y en 2019 la Asamblea Legislativa aprobó una nueva Ley Especial de Migración y Extranjería que buscó modernizar el marco regulatorio, aunque su implementación plena ha enfrentado ajustes normativos posteriores. La discusión sobre pérdida de nacionalidad por delitos graves, en cambio, no registra un antecedente reciente de aplicación efectiva en el país, lo que convertiría esta propuesta, de avanzar, en una novedad dentro del ordenamiento jurídico salvadoreño.
El planteamiento se inscribe en una serie de cambios impulsados por el Órgano Ejecutivo en materia de seguridad pública. Desde la implementación del régimen de excepción, vigente de forma ininterrumpida desde marzo de 2022 y prorrogado periódicamente por la Asamblea Legislativa, la cartera de seguridad ha promovido sucesivas reformas al Código Penal y a normativas vinculadas al ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio.
El Salvador ha registrado en los últimos años un mayor interés de extranjeros —particularmente estadounidenses y de otros países de la región— por establecer residencia en el país, atraídos en parte por la caída de los indicadores de criminalidad reportados por la Policía Nacional Civil. No consta en fuentes de acceso público un desglose actualizado del número total de residencias temporales vigentes ni su composición por nacionalidad, dato que resultaría relevante para calibrar el alcance real de la medida propuesta.
La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, instancia constitucionalmente facultada para velar por los derechos fundamentales, tampoco había emitido postura al respecto.
De concretarse el envío de la iniciativa a la Asamblea Legislativa, correspondería a la Comisión de Relaciones Exteriores, Integración Centroamericana y Salvadoreños en el Exterior, o eventualmente a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, dictaminar sobre su viabilidad jurídica antes de someterla a votación en el pleno. La actual legislatura, con mayoría de la fracción de Nuevas Ideas, ha mostrado en ciclos recientes una tramitación expedita de iniciativas del Órgano Ejecutivo, si bien el dictamen de comisión y las 24 horas de disponibilidad previa a la votación en pleno siguen siendo requisitos reglamentarios.
En el plano regional, países como Panamá y Costa Rica —que en la última década han impulsado programas de atracción de residentes extranjeros, entre ellos jubilados, rentistas o inversionistas— mantienen requisitos de permanencia mínima más flexibles que los tres meses anuales que plantearía la propuesta salvadoreña, un factor que podría incidir en la competitividad del país frente a esos destinos si la medida se aprobara sin ajustes.
El siguiente paso observable será la eventual presentación formal de la pieza de correspondencia ante la Asamblea Legislativa, trámite que marcaría el inicio del proceso legislativo y permitiría conocer el texto exacto del articulado. Hasta entonces, la iniciativa permanece en fase de anuncio, sin calendario público para su discusión ni fecha estimada de votación en el pleno.

