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Juzgado de Santa Ana homologa acuerdo por deuda de $800 en cuotas alimenticias

La procesada, de 32 años, pagará en 20 cuotas de $25 y dos de $150 la deuda acumulada desde 2021, según el Juzgado Primero de Instrucción.

Por Redacción de El Hemiciclo·
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Ilustración de El Hemiciclo · el juzgado de Santa Ana y las cuotas de la deuda alimenticia
ILUSTRACIÓN DE EL HEMICICLO

El Juzgado Primero de Instrucción de Santa Ana homologó un acuerdo conciliatorio entre A. L. L. G., de 32 años, procesada por incumplimiento de los deberes de asistencia económica, y el representante legal de sus dos hijos. La deuda asciende a $800 y se originó tras reiterados incumplimientos en el pago de la cuota alimenticia fijada en 2021.

El convenio establece que la procesada pagará los $800 pendientes mediante 20 cuotas de $25 cada una, seguidas de dos cuotas finales de $150. El acuerdo contempla además que la mujer deberá mantener al día el pago de las cuotas mensuales vigentes, fijadas originalmente en el proceso de familia.

Según la acusación, la separación de la pareja ocurrió en mayo de 2021, cuando el padre de los menores, de 6 y 9 años, acudió a un Juzgado de Familia de Santa Ana, donde se estableció que estaría a cargo del cuidado personal de sus hijos y que la madre debía pagar $70 mensuales en concepto de cuota alimenticia. Ese monto dejó de cubrirse en varias ocasiones.

Ante los pagos incompletos, el padre volvió a recurrir al Juzgado de Familia, donde se pactaron nuevos acuerdos para saldar tanto las cuotas corrientes como los montos atrasados. Los incumplimientos persistieron, lo que llevó a esa sede judicial a remitir una certificación que dio origen a la investigación penal.

El delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica está contemplado en el Código Penal y sanciona a quien, estando obligado legalmente, deja de proporcionar los medios de subsistencia a hijos menores de edad. La vía conciliatoria, habilitada en determinadas etapas del proceso penal, permite a las partes llegar a acuerdos de reparación que, una vez homologados por el juzgado competente, sustituyen la continuación del juicio siempre que se cumplan las condiciones pactadas.

Casos como este suelen iniciarse en los Juzgados de Familia, instancia encargada de fijar y modificar las cuotas alimenticias, y solo escalan a la vía penal cuando el incumplimiento persiste pese a los acuerdos previos. La certificación remitida por el Juzgado de Familia de Santa Ana fue el elemento que permitió a la Fiscalía General de la República iniciar la acción penal contra la madre de los menores.

El acuerdo homologado no exime a la procesada de las obligaciones alimenticias futuras hacia sus dos hijos, que permanecen bajo el cuidado personal del padre según lo resuelto por el Juzgado de Familia de Santa Ana en 2021.

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