La ley derogada había sido fruto de un amplio consenso. Su aprobación en 2017, bajo la administración de Salvador Sánchez Cerén, contó con el respaldo de organizaciones ambientalistas, de la Iglesia católica salvadoreña y de sectores que advertían del riesgo que la minería metálica representaba para las fuentes de agua en un país de reducida extensión territorial y alta densidad poblacional. El voto unánime de las 60 curules del entonces pleno legislativo la convirtió en referencia internacional en materia ambiental.
El diagnóstico hídrico fue central en aquella decisión y ha vuelto a citarse tras la derogación. El Salvador figura entre los países de América Latina con mayor estrés hídrico, con varios de sus principales ríos afectados por contaminación de distintos orígenes. Entre ellos el Lempa, que abastece a una porción significativa del área metropolitana de San Salvador y cuya cuenca atraviesa zonas donde se identificaron yacimientos metálicos.
La reversión de la prohibición se tramitó con celeridad en el Salón Azul, donde la fracción legislativa de Nuevas Ideas conserva mayoría calificada tras las elecciones de 2024. El Órgano Ejecutivo defendió la medida al señalar que existirían reservas auríferas de volumen considerable y planteó la minería metálica como eventual fuente de ingresos para el Estado en un contexto de necesidades fiscales. Diputados de la bancada oficialista han sostenido que la nueva regulación incorpora garantías ambientales y mecanismos de control que, a su juicio, no contemplaba o resultaban insuficientes en el marco legal previo.
Frente a esa postura, organizaciones ambientalistas y de derechos humanos, junto con exdiputados que participaron en la aprobación de la norma de 2017, han expresado su rechazo por considerar que la prohibición se revirtió sin un debate público comparable en profundidad al que precedió a la ley original. En columnas de opinión recientes, la derogación ha sido calificada como uno de los mayores retrocesos ambientales del actual periodo legislativo, una valoración que se inscribe en el terreno del debate público y no en el de un hecho verificado de forma independiente.
Qué establece el marco legal y qué dice la Constitución
El marco aprobado en 2024 contempla la creación de una entidad estatal para administrar los proyectos mineros y fija condiciones para el otorgamiento de licencias de exploración y explotación. La Constitución de la República, en su artículo 117, dispone la obligación del Estado de proteger los recursos naturales y el medio ambiente, precepto que organizaciones civiles han invocado para cuestionar la compatibilidad de la nueva ley con el orden constitucional. La Ley de Medio Ambiente, vigente desde 1998, exige además estudios de impacto ambiental previos a cualquier actividad extractiva.
Hasta donde se ha conocido públicamente, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia no ha emitido sentencia firme que invalide la reforma, por lo que la norma se mantiene plenamente vigente. Organizaciones ambientalistas han señalado que evaluarían acciones legales, aunque no se ha confirmado el estado procesal de eventuales demandas ante ese tribunal.
El precedente de El Dorado y el arbitraje de 2016
El antecedente histórico más citado en esta controversia es el propio proceso que condujo a la prohibición de 2017, precedido por más de una década de conflictividad social en torno al proyecto minero El Dorado, en el departamento de Cabañas. Aquel conflicto derivó en una demanda de la empresa OceanaGold contra el Estado salvadoreño ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), organismo del Banco Mundial. El Salvador ganó ese arbitraje en 2016, un desenlace que entonces reforzó el argumento a favor del veto total y que hoy vuelve a invocarse en ambos sentidos del debate.
Sectores empresariales vinculados a la actividad han valorado la reapertura del sector al considerar que puede generar empleo formal en zonas rurales con altos índices de desempleo y atraer inversión extranjera directa. El Banco Central de Reserva no ha publicado hasta la fecha cifras específicas sobre el impacto fiscal o de empleo derivado de la actividad minera reactivada, dado lo incipiente del proceso de otorgamiento de licencias.
La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ha manifestado en pronunciamientos previos su preocupación por la protección de las comunidades que habitan cerca de los yacimientos identificados y por el acceso a la información pública sobre los estudios de impacto ambiental que deben preceder a cualquier proyecto de extracción, conforme a la normativa vigente.
El debate sobre la minería metálica se mantiene así como uno de los asuntos de mayor sensibilidad social del actual periodo legislativo, en un país donde el acceso al agua potable continúa siendo un desafío estructural. Los próximos capítulos dependerán del otorgamiento de las primeras licencias formales bajo el nuevo marco y de una eventual resolución de la Sala de lo Constitucional, hitos que definirán el rumbo político y judicial de una controversia que no ha cerrado su ciclo.

