El 1 de junio de 2018, el Congreso de los Diputados aprobó por 180 votos a favor, 169 en contra y 1 abstención la primera moción de censura exitosa de la historia constitucional española, destituyendo al presidente Mariano Rajoy e invistiendo a Pedro Sánchez como nuevo jefe del Ejecutivo. Ocho años después, el debate sobre los fundamentos políticos y jurídicos de aquella votación regresa al primer plano sin que ninguna de las lecturas enfrentadas haya logrado imponerse como relato canónico.
La arquitectura constitucional de la moción constructiva
El artículo 113 de la Constitución Española de 1978 regula la moción de censura como instrumento de control parlamentario de naturaleza constructiva: el texto que la promueve debe incluir un candidato alternativo a la presidencia del Gobierno, de modo que la destitución del presidente en ejercicio y la investidura del sucesor se producen en un único acto. Este diseño, desarrollado en los artículos 175 a 179 del Reglamento del Congreso, fue adoptado expresamente por los constituyentes para evitar los vacíos de poder que contribuyeron a la inestabilidad de la Segunda República española, periodo en que la fragmentación parlamentaria y la ausencia de un mecanismo equivalente dificultaron la formación de mayorías de gobierno estables.
El umbral de aprobación fijado por la norma fundamental es deliberadamente exigente: la mayoría absoluta de la cámara, es decir, 176 de los 350 diputados que la integran. Ese quórum supone una salvaguarda de estabilidad que los constituyentes calibraron con precisión; su superación en 2018 con 180 votos —cuatro por encima del mínimo— fue, en consecuencia, no solo un hecho inédito sino también la señal formal de que una mayoría suficiente de representantes consideró justificado el cambio en aquel momento.
Los dos precedentes fallidos y la singularidad de 2018
Hasta junio de 2018, la democracia española había registrado dos mociones de censura previas, ambas sin éxito. La presentada en mayo de 1980 por el PSOE contra Adolfo Suárez obtuvo 152 votos favorables, insuficientes para la mayoría absoluta. La impulsada en marzo de 1987 por el mismo partido, esta vez contra Felipe González, cosechó apenas 67 apoyos. Ninguna de las dos superó el umbral constitucional, lo que convirtió la aprobación de 2018 en un acontecimiento sin parangón en los cuarenta años de democracia parlamentaria que entonces se cumplían.
Los argumentos en disputa y las posiciones de las partes
Los grupos parlamentarios que respaldaron la moción —encabezados por el PSOE y apoyados por Unidos Podemos, PDeCAT, ERC, PNV, Bildu y Compromís, entre otros— sostuvieron que el contexto en que se aprobó, marcado por la sentencia de la Audiencia Nacional en el caso Gürtel que declaró probado el sistema de corrupción del Partido Popular y su financiación irregular, hacía insostenible la continuidad del Ejecutivo de Rajoy y que el Congreso actuó dentro de sus plenas atribuciones constitucionales. El PP, por su parte, argumentó que los apoyos parlamentarios reunidos respondían a intereses heterogéneos y contradictorios entre sí, difícilmente cohesionables en un programa de gobierno coherente, y que la brevedad del debate —concentrado en dos jornadas— limitó el escrutinio público de las propuestas alternativas. Ambas posiciones continúan vigentes en el espacio político ocho años después.
La sentencia de la Audiencia Nacional sobre la trama Gürtel, dictada el 24 de mayo de 2018 —una semana antes de la votación—, declaró al PP como partícipe a título lucrativo en una red de corrupción y anuló parcialmente la conformidad alcanzada por la Fiscalía. Ese fallo actuó como detonante formal de la moción, aunque el debate parlamentario incorporó también argumentos sobre gobernabilidad, agotamiento de la legislatura y la aritmética presupuestaria, dado que los Presupuestos Generales del Estado para 2018 habían sido rechazados en el Congreso en marzo de ese año.
La rendición de cuentas parlamentaria en perspectiva comparada
Los sistemas parlamentarios de la Unión Europea han optado mayoritariamente por reservar la moción de censura para situaciones de ruptura política mayor, combinándola con instrumentos de control ordinario —comisiones de investigación, preguntas al ejecutivo, comparecencias e informes de órganos independientes— que no implican la caída del gobierno. Alemania, que introdujo la moción constructiva en su Ley Fundamental de 1949 como reacción directa a la inestabilidad de la República de Weimar, solo ha registrado dos intentos, en 1972 y 1982, con éxito únicamente en el segundo caso. Francia, con su sistema semipresidencial, ha visto prosperar una única moción de censura en la V República, en 1962. España se incorporó a ese reducido grupo de países en 2018.
La alta fragmentación parlamentaria registrada en España desde las elecciones generales de 2015 —que pusieron fin al bipartidismo dominante desde 1982— ha aumentado estructuralmente la relevancia de los mecanismos de control legislativo. El número de grupos parlamentarios con capacidad de veto en el Congreso pasó de cuatro en la X Legislatura a siete en la XI y se ha mantenido en cotas similares en legislaturas sucesivas, según los datos de composición de la cámara publicados por el propio Congreso.
Los efectos institucionales a ocho años vista
El Gobierno surgido de la moción de junio de 2018 gobernó en minoría hasta la convocatoria electoral de abril de 2019, cuando el rechazo de los Presupuestos Generales del Estado forzó el adelanto de las elecciones. Ese ciclo —moción de censura, minoría parlamentaria, fracaso presupuestario, disolución— ilustra la tensión estructural que el artículo 113 de la Constitución pretende mitigar pero no elimina: la que existe entre la estabilidad ejecutiva que el quórum de mayoría absoluta intenta garantizar y la viabilidad real de un gobierno que no cuenta con respaldo suficiente para aprobar las leyes que necesita.
La AIReF y el Banco de España no han emitido valoraciones sobre el impacto específico del cambio de gobierno de 2018 en las variables macroeconómicas, dado que la continuidad institucional no generó una ruptura estadísticamente identificable en las series del PIB o del déficit público del ejercicio. El déficit de las Administraciones Públicas se situó en el 2,5% del PIB en 2018, según la estadística de Contabilidad Nacional publicada por el INE, frente al 3,1% registrado en 2017, sin que los análisis disponibles atribuyan esa variación al cambio de ejecutivo.
Plazos y pertinencia del debate en la legislatura actual
El octavo aniversario de la moción no se produce en un vacío político. Las condiciones de gobernabilidad actuales —con mayorías parlamentarias ajustadas, varios grupos con capacidad de veto y negociaciones presupuestarias pendientes— mantienen la discusión sobre los mecanismos de control al Ejecutivo con pertinencia directa. La pregunta que el debate de 2018 dejó sin respuesta normativa definitiva —bajo qué condiciones políticas, y no solo formales, resulta legítimo y conveniente emplear la moción de censura constructiva— permanece abierta en la doctrina constitucional y en el debate político. Mientras el sistema de partidos mantenga su configuración plural, cualquier nueva mayoría parlamentaria de bloqueo reactivará ese interrogante con la misma intensidad que lo hace hoy el recuerdo de aquel 1 de junio.


