La regla 3-30-300 se ha extendido como marco de referencia en el urbanismo climático europeo, y la Organización Mundial de la Salud (OMS) la considera alineada con sus recomendaciones sobre entornos urbanos saludables. Ciudades como Malmö (Suecia), Niza (Francia), Florencia (Italia) o Amberes (Bélgica) la utilizan ya para planificar su infraestructura verde, en un contexto en el que la Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para 2030 y el Pacto Verde Europeo han reforzado el peso de la renaturalización en la agenda de las administraciones.
En España, el impulso de Viladecans llegó en la asamblea de la Red de Gobiernos Locales+Biodiversidad de la FEMP celebrada en octubre de 2022, que finalmente aprobó la iniciativa. El entonces alcalde, Carles Ruiz, defendió la propuesta como «un paso decidido para que todas las ciudades tengamos un mismo objetivo compartido para ser más verdes y biodiversas y contribuir a los retos fijados para el año 2030 por las agendas globales para cuidar de nuestro planeta». La declaración plantea que todos los municipios españoles trabajen para implantar el modelo 3-30-300 antes de 2030.
El instrumento central de esa estrategia es el Plan Viu Verd (Vive en Verde), financiado por la Fundación Biodiversidad con cargo a los fondos Next Generation EU y desarrollado con la colaboración del Instituto Catalán de Ornitología, la organización Plant-for-the-Planet y el Instituto de Salud Global de Barcelona (ISGlobal). Su objetivo es expandir la infraestructura verde del municipio y conectarla con espacios naturales del entorno, como la Sierra del Montbaig, el Parque Agrario y el Delta del Llobregat.
El plan se articula en tres frentes. El primero es la recuperación de espacios verdes, con la rehabilitación del entorno del torrente de Can Preses para convertirlo en un corredor verde urbano. El segundo consiste en la renaturalización y creación de nuevas zonas verdes, con la plantación de miles de árboles y arbustos en parques, jardines y en los márgenes de la autopista C-32. El tercero busca generar hábitats específicos para la fauna, con instalaciones para aves, murciélagos e insectos orientadas a reforzar los servicios ecosistémicos de la ciudad.
Según los datos municipales, en 2025 se plantaron 2.500 árboles dentro de este programa, una cifra que el Ayuntamiento presenta como avance hacia el objetivo de cumplir plenamente la regla 3-30-300 antes de 2030. La propia administración local reconoce que el cumplimiento íntegro del estándar —tres árboles visibles, 30% de cobertura vegetal y 300 metros máximos hasta un espacio verde de calidad para toda la población— sigue siendo una meta a largo plazo, no un hito ya alcanzado.
El contraste con el conjunto de España
El caso de Viladecans destaca precisamente por su carácter excepcional. Un informe titulado ¿Cómo garantizar el derecho a la naturaleza?, elaborado por el Grupo de Investigación en Arquitectura, Urbanismo y Sostenibilidad (GIAU+S) de la Universidad Politécnica de Madrid por encargo de la organización ecologista Amigas de la Tierra, analiza el acceso a zonas verdes en las ciudades españolas según la renta de la población, utilizando también como referencia la regla 3-30-300.
Según ese estudio, alrededor del 60% de la población urbana española no dispondría de acceso suficiente a espacios verdes de calidad conforme a los criterios de referencia. El informe vincula esa carencia a desigualdades de renta, al concluir que los barrios con menor poder adquisitivo tienden a concentrar menos superficie vegetal y peor acceso a parques que los distritos de renta alta. Amigas de la Tierra plantea a partir de estos resultados la necesidad de que más ayuntamientos adopten planes de renaturalización para reducir esa brecha.
El fenómeno conocido como isla de calor urbana explica buena parte de la urgencia de estas políticas. La vegetación en las ciudades no cumple una función meramente ornamental: los árboles reducen la temperatura ambiente por sombra y evapotranspiración, mejoran la calidad del aire, favorecen la captación e infiltración del agua de lluvia y aportan beneficios para la salud física y mental de los residentes, según la literatura científica recopilada por la propia OMS.
El marco legal español no obliga de forma directa a cumplir la regla 3-30-300, que tiene carácter de recomendación técnica y no de norma vinculante. La Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética y la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas, aprobada en 2021, sí establecen objetivos generales de renaturalización urbana que los ayuntamientos pueden desarrollar mediante planes propios, como ha hecho Viladecans. La Declaración de Viladecans, por su parte, es un compromiso político de adhesión voluntaria sin efectos jurídicos vinculantes para el resto de municipios.
Este tipo de compromisos municipales sobre medio ambiente tienen precedentes en España desde la Cumbre de la Tierra de Río de 1992, que impulsó las Agendas 21 Locales adoptadas por numerosos ayuntamientos en las décadas siguientes, y más recientemente en el marco de la Agenda Urbana Española 2030. La experiencia europea muestra, además, que la implantación de estos estándares requiere plazos largos e inversión sostenida a lo largo de varios ejercicios presupuestarios y coordinación entre administraciones.
De cara a 2030, el Ayuntamiento de Viladecans mantiene como hito la culminación del Plan Viu Verd y la conexión efectiva de sus espacios verdes con la Sierra del Montbaig y el Delta del Llobregat. A escala estatal, el informe del GIAU+S sostiene que la reducción de la brecha de acceso a la naturaleza entre barrios de distinta renta dependerá de la voluntad política y la financiación disponible en cada municipio, sin que exista por ahora un mandato normativo que imponga plazos comunes al conjunto de las ciudades españolas.


