El mecanismo empleado corresponde a lo que en la práctica presupuestaria salvadoreña se conoce como reforma o transferencia presupuestaria: un procedimiento por el cual la Asamblea Legislativa, a propuesta del Órgano Ejecutivo o de una institución autónoma, reasigna fondos entre partidas o crea nuevas líneas de gasto dentro del Presupuesto General de la Nación aprobado para el ejercicio fiscal en curso. La Constitución de la República establece en su artículo 227 que corresponde a la Asamblea aprobar el presupuesto y sus reformas, mientras que el artículo 167 asigna al Consejo de Ministros la facultad de elaborar el proyecto y sus modificaciones para someterlas al Órgano Legislativo.
Del monto total reformado, $580,849 se destinan al equipamiento de nuevas sedes de la FGR, institución que dirige el fiscal general de la República y que en los últimos años ha ampliado su presencia territorial como parte de su estrategia de persecución penal, particularmente en el contexto del régimen de excepción vigente desde marzo de 2022. La ampliación de oficinas fiscales suele responder a la necesidad de descongestionar sedes centrales y acercar la atención a víctimas y denunciantes en los distintos departamentos del país.
Los $200,000 restantes se orientan a un programa de becas. El material disponible no precisa si se trata de una iniciativa vinculada a educación superior, formación técnica o algún programa social específico del Órgano Ejecutivo, ni el nombre oficial del programa o la entidad ejecutora encargada de administrar los fondos, extremos que la Asamblea Legislativa no ha detallado públicamente.
Un instrumento recurrente en la práctica legislativa
Las reformas al Presupuesto General de la Nación son un instrumento habitual en el trabajo de la Asamblea. En ejercicios anteriores el pleno ha aprobado ajustes similares para reforzar el presupuesto de instituciones como la Policía Nacional Civil (PNC), el ramo de Salud o el propio Órgano Judicial, al amparo de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado (Ley AFI), que regula el manejo de las finanzas públicas. El procedimiento exige que toda reforma sea publicada posteriormente en el Diario Oficial para su entrada en vigencia.
Un antecedente comparable se registró en los años posteriores a la implementación del régimen de excepción, cuando distintas reformas presupuestarias reforzaron partidas destinadas a la construcción y equipamiento del Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot) y a fondos operativos de la FGR y la PNC para sostener la persecución penal contra estructuras pandilleriles. En aquellas ocasiones las reformas se tramitaron con celeridad en el pleno, dado el control que la fracción oficialista mantiene sobre la mayoría calificada de las 60 curules.
La FGR ha experimentado en los últimos años un incremento sostenido de su presupuesto institucional, en paralelo al aumento de causas judiciales derivadas de la aplicación del régimen de excepción. Según cifras que la propia institución ha difundido, el régimen ha significado la detención de más de 80,000 personas señaladas de pertenecer a pandillas desde su entrada en vigor. La creación de nuevas oficinas se enmarca en ese contexto de expansión operativa.
Hasta el momento no se ha informado en qué departamentos o municipios se ubicarían las nuevas sedes fiscales que serían equipadas con los fondos reformados, ni el cronograma previsto para la ejecución del gasto durante el resto del ejercicio fiscal 2026. El ramo de Hacienda tampoco ha ofrecido precisiones sobre el origen de los fondos reasignados ni sobre si la reforma implicó reducciones en otras partidas, dato que suele detallarse en este tipo de decretos legislativos cuando se trata de transferencias entre ramos del Estado.
El fiscal general de la República no se ha pronunciado sobre la reforma ni sobre el uso previsto de los recursos para equipamiento, y la FGR tampoco ha emitido un comunicado al respecto. Tampoco consta una reacción pública de la Corte de Cuentas de la República, el ente fiscalizador encargado de auditar la ejecución del gasto público una vez liquidado el ejercicio fiscal.
La reforma deberá publicarse en el Diario Oficial para surtir efectos legales plenos. A partir de ese momento, la ejecución de los fondos quedará sujeta a la fiscalización posterior de la Corte de Cuentas de la República, que revisa anualmente la liquidación del Presupuesto General de la Nación y puede observar irregularidades en el uso de partidas reformadas.

