El caso comenzó con una demanda civil interpuesta en 2023, en la que los abogados de ese estado sostuvieron que Meta debía responder por la forma en que sus plataformas expusieron a menores de edad a material sexualmente explícito y a contactos con depredadores sexuales. En una primera fase del juicio, el tribunal determinó que la empresa violó de manera reiterada la Ley de Prácticas Desleales de Nuevo México, al establecer que sus algoritmos de recomendación —las herramientas que seleccionan automáticamente el contenido que ve cada usuario— dirigían de forma sistemática a los usuarios más jóvenes hacia material y contactos dañinos.
En esta segunda fase, centrada en la magnitud de los daños y el monto de la sanción, el juez Biedscheid resolvió que los perjuicios ocasionados por Meta alcanzan el nivel de lo que en el derecho estadounidense se conoce como «perjuicio público» (public nuisance): un problema de salud y seguridad tan extendido que afecta al público en general y no solo a quienes usan directamente el servicio. De acuerdo con lo señalado por el propio tribunal, sería la primera vez que una empresa de redes sociales recibe esa calificación en una sentencia judicial.
El magistrado comparó a Meta con una fábrica cuyo producto es la publicidad y el contenido, y sostuvo que «el daño psicológico y la explotación sexual de los niños constituyen la contaminación que debe ser erradicada». En su resolución escribió que, así como la contaminación de una fábrica puede afectar el derecho colectivo a un aire razonablemente limpio, los efectos nocivos de las plataformas de Meta sobre la niñez «no se limitan a dichas plataformas, sino que se extienden a internet en su conjunto y, quizás lo más preocupante, al mundo real, creando una carga social común y un daño para los niños afectados, sus familias, sus escuelas, así como para los hospitales y las fuerzas del orden».
De los $567 millones ordenados en este fallo, la mayor parte —$420 millones, según el tribunal— deberá depositarse en un fondo destinado a costear tratamientos relacionados con los daños atribuidos a las plataformas de la compañía. El resto se dirigirá a otras medidas orientadas a mitigar lo que el juez describió como «las repercusiones de gran alcance del daño».
Un portavoz de Meta declaró el jueves que la empresa no está de acuerdo con la decisión y que la apelará, tal como ya había anunciado respecto de la sentencia previa de $375 millones dictada en la primera fase del mismo litigio. «Nos esforzamos por mantener la seguridad de los usuarios en nuestras plataformas y hemos sido transparentes sobre las dificultades para identificar y eliminar a los usuarios malintencionados y el contenido dañino», señaló la compañía. Agregó que confía en su «historial de protección de los adolescentes en internet» y que continuará defendiéndose de acusaciones que, según sostuvo, «tergiversan los hechos».
Con la apelación anunciada, el fallo de Nuevo México no es firme y su ejecución quedará sujeta a lo que resuelvan las instancias superiores del estado. El litigio se inscribe en un frente judicial mucho más amplio que enfrenta Meta en Estados Unidos, donde la compañía acumula miles de demandas por cuestiones similares. A principios de este año, la empresa ya había perdido un caso con alegatos parecidos ante un tribunal de Los Ángeles, y el proceso de Nuevo México fue la primera vez que un estado demandó con éxito a Meta por asuntos vinculados a la seguridad infantil.
Sin figura equivalente en el ordenamiento panameño
El caso ilustra un tipo de litigio que en Panamá no tiene equivalente directo, ya que el país no cuenta con una acción similar a la figura estadounidense de «perjuicio público» aplicada a plataformas digitales. En el ordenamiento nacional, la protección de menores frente a contenidos digitales dañinos se canaliza principalmente a través del Código de la Niñez y la Adolescencia y de normas sobre delitos informáticos, cuya aplicación corresponde al Ministerio Público y a los tribunales ordinarios. Hasta el momento no existe un antecedente judicial de esta escala contra una empresa de redes sociales en el país, donde la Asamblea Nacional ha discutido en años recientes iniciativas vinculadas a la protección de datos y de menores en entornos digitales.
El proceso continuará ahora en la fase de apelación anunciada por Meta, cuyo calendario no ha sido precisado por el tribunal ni por la compañía. De confirmarse en instancias superiores, la sentencia establecería un precedente que otros estados de Estados Unidos podrían invocar en demandas similares actualmente en curso contra la empresa; una eventual revocación, en cambio, reduciría el alcance práctico del fallo dictado esta semana en Nuevo México.