Hay una crueldad burocrática que consiste en resolver los expedientes antes que a las personas. Mientras Karla —a quien su madre describió como "alegre, sociable y vanidosa"— vuelve a aprender a caminar en un hospital texano, la carpeta de investigación en Morelos ya acumula cerca de mil hojas. Mil hojas y, según el abogado de la familia, Eduardo Núñez Morales, ningún documento que represente un avance concreto hacia la justicia para las víctimas.
La familia no tiene boleto de avión asegurado para el regreso. La alternativa, si Karla no puede volar, es un autobús: varias horas de carretera para una adolescente con heridas abiertas que aún requiere terapia física y psicológica, y a la que se le dificulta caminar y hasta peinarse sola. A un mes del hecho, esa logística elemental sigue sin resolverse, y los médicos todavía no fijan fecha de alta hospitalaria.
En derecho penal mexicano, la clasificación de una lesión determina la gravedad del delito. El abogado señaló que existe una discrepancia: la Fiscalía General clasificó las lesiones de Karla como de las que sanan en unos 15 días, mientras el dictamen pericial de medicina legal las describe como lesiones que tardan más de 30 días en sanar y ponen en peligro la vida. La diferencia no es técnica: mueve el caso de una casilla leve a una grave.
Núñez Morales agregó que la Fiscalía tampoco ha iniciado la evaluación psicológica de Karla y calificó de escuetos los dictámenes de medicina legal. Nadie del ministerio público ha ido todavía a preguntarle a la adolescente cómo está por dentro, aunque su madre ya lo resumió mejor que cualquier peritaje.
"Le da miedo saber cómo será su vida después de este accidente", expresó Carolina Herrera, madre de la menor.
La responsabilidad que Tomza no asume
Carolina Herrera fue clara sobre cuál es, para ella, el problema de fondo: ni la Fiscalía General, ni el gobierno estatal, ni Tomza han garantizado que la empresa gasera se haga responsable de los gastos y la atención médica que su hija necesita. Insistió en que la prioridad de las autoridades debería ser la salud y recuperación de las víctimas, y no únicamente buscar una salida económica al conflicto.
La responsabilidad de las gaseras por accidentes con recipientes portátiles no es asunto nuevo en México. La regulación del gas LP, a cargo de la Comisión Reguladora de Energía y de la normatividad de la extinta Secretaría de Energía en materia de recipientes, obliga a distribuidores y transportistas a cumplir normas oficiales mexicanas de seguridad; los antecedentes de explosiones de pipas —desde San Juan Ixhuatepec en 1984, el peor desastre de gas LP del país— han mostrado lo lento que suele avanzar la reparación a las víctimas frente a la magnitud del daño.
Karla tiene programadas revisiones médicas a los seis meses y al año, incluso después de que le den de alta. La recuperación de una quemadura de segundo grado en rostro y extremidades no tiene fecha de vencimiento administrativo, aunque el interés institucional sí suele tenerla. Ese desfase —entre el tiempo del cuerpo y el tiempo del expediente— es la historia real detrás de las mil hojas.
La familia sigue sin fecha de alta hospitalaria ni resolución sobre el traslado desde Galveston, y la carpeta de investigación permanece, según su propio abogado, sin ningún documento que constituya un avance hacia la justicia.