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Un artículo de opinión reabre el debate sobre justicia y verdad en El Salvador

El texto contrasta la búsqueda de castigo con la de verdad en un país que cumple más de cuatro años bajo el régimen de excepción decretado en 2022.

Por Redacción de El Hemiciclo·
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Un artículo de opinión difundido esta semana en medios digitales salvadoreños plantea la distinción entre la «sed de castigo» y la «sed de Verdad» en materia de justicia, en momentos en que El Salvador cumple más de cuatro años bajo el régimen de excepción decretado en marzo de 2022.

El régimen de excepción está vigente desde el 27 de marzo de 2022, cuando la Asamblea Legislativa lo aprobó a petición de Casa Presidencial tras una ola de homicidios atribuidos a las pandillas. La medida, renovada mes a mes por la Asamblea con el respaldo de la bancada oficialista, suspende garantías constitucionales como el derecho de defensa, la inviolabilidad de la correspondencia y el plazo máximo de detención administrativa. Bajo su amparo, el Órgano Ejecutivo ha informado de la detención de decenas de miles de personas señaladas de pertenecer a estructuras pandilleriles.

El artículo no cuestiona la reducción de homicidios que las autoridades atribuyen a la política de seguridad, sino la forma en que se ha entendido socialmente el concepto de justicia. Beltrán distingue entre una «sed de castigo», centrada en el sufrimiento del señalado como prueba de que la justicia se cumplió, y una «sed de Verdad», orientada a establecer con precisión qué ocurrió, quién lo hizo y bajo qué responsabilidad, incluso cuando eso implique reconocer errores del propio sistema. El texto conecta esa distinción con la manera en que la sociedad salvadoreña procesa colectivamente el trauma de la violencia padecida durante décadas, primero por el conflicto armado y luego por el fenómeno pandilleril.

El reclamo de revisión judicial

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) ha documentado en informes previos casos de personas detenidas sin vínculo probado con estructuras criminales, así como muertes de reos bajo custodia estatal durante la vigencia del régimen. La institución ha señalado en distintos pronunciamientos la necesidad de mecanismos de revisión judicial individualizada para quienes permanecen detenidos sin sentencia firme, un reclamo que organizaciones de derechos humanos han reiterado ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El fiscal general de la República ha defendido en comparecencias públicas que las detenciones realizadas bajo el régimen responden a labores de inteligencia previa y que la Fiscalía General de la República (FGR) mantiene procesos judiciales en curso contra los capturados. Casa Presidencial, por su parte, ha reiterado que la política de seguridad continuará mientras persista la amenaza de reorganización de las pandillas, y ha calificado los resultados en materia de homicidios como un logro del Órgano Ejecutivo.

La Sala de lo Constitucional ha admitido en los últimos años diversos hábeas corpus presentados por familiares de personas detenidas durante el régimen, aunque organizaciones no gubernamentales han denunciado demoras en su resolución. El propio Órgano Judicial ha reconocido públicamente limitaciones de capacidad operativa ante el volumen de casos derivados de las capturas registradas desde 2022.

En el Salón Azul, diputados de oposición han solicitado en sesiones plenarias información detallada sobre el número de personas liberadas por falta de méritos, sin que hasta la fecha se haya hecho pública una cifra oficial consolidada. La bancada oficialista, que concentra la mayoría de las 60 curules, ha respaldado cada prórroga mensual del régimen.

Los Acuerdos de Paz como referencia

El precedente más recurrente al abordar la tensión entre castigo y verdad es el de los Acuerdos de Paz de 1992, que pusieron fin al conflicto armado interno pero dejaron pendiente el esclarecimiento judicial de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la guerra. La Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, aprobada en 1993, blindó durante más de dos décadas a los responsables hasta que la Sala de lo Constitucional la declaró inconstitucional en 2016. Aquella resolución convirtió la amnistía en referencia obligada de cualquier discusión salvadoreña sobre justicia transicional.

La región centroamericana ofrece otros modelos de abordaje. Guatemala, tras su propio conflicto armado, estableció una Comisión para el Esclarecimiento Histórico como vía de verdad paralela al proceso judicial ordinario. El Salvador no cuenta actualmente con un mecanismo equivalente que aborde específicamente las consecuencias del régimen de excepción, más allá de la labor de la PDDH y de los tribunales ordinarios.

El artículo sostiene que la exigencia de castigo severo, aunque comprensible tras años de victimización, no sustituye la necesidad de procesos que permitan establecer responsabilidades individuales con garantías mínimas de defensa. Es en ese punto donde la reflexión enlaza la memoria del conflicto con la coyuntura actual: la pregunta de qué se considera justicia cumplida.

De cara a los próximos meses, la Asamblea Legislativa deberá seguir votando la prórroga mensual del régimen, un trámite que hasta ahora no ha encontrado obstáculos dada la mayoría oficialista. La Sala de lo Constitucional mantiene pendientes de resolución diversos recursos que, en caso de fallo favorable a los recurrentes, podrían obligar a una revisión más sistemática de los procesos de detención masiva, aunque no existe plazo público para esas resoluciones.

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