El procedimiento de desafuero, previsto en la Constitución Política del Estado de Veracruz, no implica un juicio de culpabilidad ni anticipa sentencia. Su función es estrictamente procesal: suspender la inmunidad que protege a un servidor público electo para que pueda ser investigado, procesado y, en su caso, juzgado por la vía penal ordinaria, como cualquier ciudadano. El Congreso local no valora pruebas de fondo, sino si existen elementos suficientes para que el caso pase a los tribunales.
La sesión se celebró a puerta cerrada. A la comparecencia acudió Bertín Bravo, quien se declaró inocente y aseguró que dará la cara ante la autoridad ministerial. Según la indagatoria de la Fiscalía, el alcalde de Úrsulo Galván habría citado en su domicilio al empresario minero Héctor Ramos Sánchez con el propósito —de acuerdo con testigos— de presentarle a un presunto jefe de plaza delincuencial; desde ese encuentro, ocurrido en mayo pasado, no se volvió a tener noticia ni de él ni de su chofer, Ignacio López. Tanto el edil como su defensa han negado los hechos.
En el otro expediente, la Fiscalía señala a Raúl González Martínez como presunto autor intelectual de la privación ilegal de la libertad y el homicidio de la reportera Roxana Guzmán Ramírez. El munícipe ha negado cualquier participación y declaró que ni siquiera conocía personalmente a la comunicadora. Veracruz figura desde hace más de una década entre las entidades señaladas como de mayor riesgo para el ejercicio periodístico en México.
La réplica de Movimiento Ciudadano
Los liderazgos estatales y nacionales de Movimiento Ciudadano denunciaron una persecución política contra autoridades municipales que ganaron sus respectivas contiendas en las elecciones del año pasado. El partido recordó que sus ediles han sido presionados para sumarse a la Cuarta Transformación, el proyecto político impulsado desde el gobierno federal. La bancada morenista y sus aliados en el Congreso local no formularon pronunciamientos adicionales más allá de la votación, con la que alcanzaron la mayoría calificada de dos tercios que la Constitución exige para este tipo de resoluciones.
La decisión de los diputados, subrayaron las autoridades legislativas al erigirse en Jurado de Procedencia, no equivale a declaración de culpabilidad, sino únicamente al retiro de la inmunidad procesal. Correspondía a la Fiscalía General del Estado sustentar los indicios que justifican el proceso; el órgano ministerial no ha ofrecido declaraciones públicas sobre las siguientes etapas.
Un mecanismo con historia política
El Jurado de Procedencia tiene antecedentes de alto perfil en México. A nivel federal, la Cámara de Diputados ejerció esta facultad en 2005 contra el entonces jefe de gobierno de la Ciudad de México, Andrés Manuel López Obrador, en un proceso que generó una intensa controversia y que no impidió su posterior candidatura presidencial. Aquel episodio ilustra cómo el desafuero, pese a su naturaleza estrictamente procesal, suele quedar atravesado por lecturas políticas de las partes en disputa.
En Veracruz, la facultad de retirar fueros a alcaldes se ha empleado en años recientes en casos vinculados a delincuencia organizada, corrupción y violencia, en un estado que ha registrado episodios recurrentes contra autoridades municipales, en particular en la zona sur y el istmo.
Tras la resolución del Congreso local, ambos exalcaldes quedan sujetos a la jurisdicción penal ordinaria. Corresponderá a un juez de control determinar, en audiencia inicial, si existen elementos para vincularlos a proceso por los delitos imputados —desaparición forzada en el caso de Bertín Bravo, y privación ilegal de la libertad y homicidio en el de Raúl González Martínez—, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.
Los cabildos de Ixhuatlán del Sureste y Úrsulo Galván deberán definir, según la ley orgánica del municipio libre de Veracruz, quién asumirá de manera interina la presidencia municipal mientras se resuelve la situación jurídica de ambos ediles. El curso del proceso judicial en los próximos meses determinará si los exautoridades son formalmente procesados por los delitos que se les atribuyen.