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Juez niega cambiar el arresto domiciliario al hijo del diputado Raúl Pineda

La juez de garantías Clara Montenegro rechazó modificar la medida cautelar a Abraham Rico Pineda, investigado por blanqueo en la operación Jericó. La defensa apeló y la audiencia se fijó para el 18 de

Por Redacción de El Hemiciclo· · Actualizado:
4 min de lectura
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Una juez de garantías del Primer Distrito Judicial, Clara Montenegro, negó este jueves 3 de septiembre la solicitud de cambio de medida cautelar presentada por la defensa de Abraham Rico Pineda, quien permanece bajo arresto domiciliario dentro de la investigación por presunto blanqueo de capitales vinculada a la operación Jericó.

La audiencia fue solicitada por los abogados defensores Ángel Álvarez y Víctor Orobio, quienes argumentaron ante la juez de garantías que existían elementos suficientes para sustituir el arresto domiciliario por una medida cautelar menos gravosa. Tras escuchar los argumentos de ambas partes, Montenegro resolvió que no se presentaron elementos nuevos que justificaran modificar la situación procesal del investigado.

Orobio anunció de inmediato la apelación de la decisión, al sostener que su representado califica para una medida distinta al arresto domiciliario. La audiencia en la que un tribunal superior revisará el recurso quedó fijada para el 18 de septiembre. El Ministerio Público, parte acusadora en el proceso, no ha divulgado un pronunciamiento público sobre la decisión ni sobre la apelación.

Abraham Rico Pineda es hijo del diputado Raúl Pineda, integrante de la bancada del Partido Revolucionario Democrático (PRD) en la Asamblea Nacional. El vínculo familiar adquirió relevancia procesal desde 2024, cuando el Ministerio Público dispuso la ruptura procesal del caso y remitió a la Corte Suprema de Justicia una serie de hallazgos que incluían audios y conversaciones en los que, según esos elementos, se mencionaba el nombre del diputado.

La ruptura procesal es una figura del sistema penal acusatorio panameño que permite separar el trámite de distintos investigados dentro de una misma causa cuando existen fueros o circunstancias diferenciadas. En este caso permitió que la investigación contra Rico Pineda avanzara en instancias ordinarias, mientras el material vinculado al diputado —que goza de las prerrogativas procesales propias de su cargo— quedó bajo conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, único órgano competente para investigar a los legisladores en ejercicio.

Hasta el momento no consta que el diputado Raúl Pineda haya sido formalmente imputado por el Ministerio Público ni que la Corte Suprema haya adoptado una decisión pública sobre los hallazgos remitidos en 2024. La sola mención de su nombre en las conversaciones investigadas no implica responsabilidad penal alguna, y el legislador no ha sido situado en un peldaño procesal superior al de investigado potencial.

La operación Jericó, marco en el que se inscribe la causa contra Rico Pineda, forma parte de investigaciones del Ministerio Público sobre presuntas redes de blanqueo de capitales que habrían operado en el país en años recientes. El expediente contra Rico Pineda se encuentra en fase de investigación, sin que conste en el material disponible que se haya formulado imputación formal en audiencia ante juez de garantías.

El arresto domiciliario es una de las medidas cautelares previstas en el Código Procesal Penal para garantizar la comparecencia del investigado y evitar los riesgos de fuga u obstrucción, sin que ello represente pronunciamiento alguno sobre su culpabilidad. La ley reserva la declaración de responsabilidad penal exclusivamente para la sentencia dictada tras el debate en juicio oral, etapa a la que este caso no ha llegado.

Un precedente de causas con ramificaciones políticas

Los procesos por blanqueo de capitales con derivaciones hacia figuras políticas no son inéditos en Panamá. La causa conocida como Odebrecht, que se extendió durante buena parte de la última década y alcanzó a exfuncionarios y a personas cercanas al poder político, dejó como antecedente la aplicación reiterada de medidas cautelares distintas a la detención preventiva —entre ellas el arresto domiciliario— mientras se sustanciaban las investigaciones, en procesos que en varios casos se prolongaron años antes de llegar a juicio.

La defensa de Rico Pineda deberá esperar hasta el 18 de septiembre para que el tribunal superior revise la decisión de la juez Montenegro. De confirmarse el rechazo al cambio de medida, el investigado continuará bajo arresto domiciliario mientras avanza la fase de investigación del Ministerio Público, sin que conste un plazo público para una eventual audiencia de imputación formal.

El caso permanece, por tanto, dividido en dos vías procesales paralelas: la que sigue su curso en tribunales ordinarios contra Rico Pineda y la que corresponde al fuero de la Corte Suprema de Justicia respecto al diputado. Ni el Ministerio Público ha informado de nuevos hallazgos posteriores a la ruptura procesal de 2024 ni el máximo tribunal ha divulgado el estado del expediente relacionado con el legislador.

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