El escrito se apoya en el artículo 8.5 de esa norma, que impide a las personas con antecedentes penales no cancelados por delitos de terrorismo ejercer de voluntarios «en programas cuyos destinatarios hayan sido o puedan ser víctimas de estos delitos». La misma ley permite programas de voluntariado orientados a la reinserción de personas con antecedentes, aunque precisa que esa posibilidad se aplica «sin perjuicio» de las restricciones de los apartados 4 y 5 del artículo 8. DyJ considera que la actividad de los expresos etarras en Cáritas debe examinarse a la luz de esos límites, porque la propia entidad presta también atención asistencial a víctimas del terrorismo.
El mecanismo que sitúa en el centro la asociación es el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una fórmula que permite flexibilizar el cumplimiento de condena a presos clasificados en segundo grado mediante un programa individualizado. Entre las actividades valoradas para conceder esa flexibilización figuran los trabajos o colaboraciones en organizaciones sociales, entre ellas Cáritas.
El caso de Iparraguirre, condenada por delitos que incluyen diez asesinatos, es el que concentra el litigio judicial. El Gobierno vasco le concedió a comienzos de septiembre la aplicación del artículo 100.2, después de que una decisión similar hubiera sido revocada meses antes por la Audiencia Nacional. Entre los elementos utilizados para justificar su programa penitenciario figura un voluntariado vinculado a Cáritas en un huerto parroquial de Oñati, circunstancias que la Justicia ya había cuestionado meses atrás.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió este viernes esa nueva concesión de semilibertad. El Ministerio Público sostiene que no se han producido cambios relevantes en la situación penitenciaria o tratamental de Iparraguirre que justifiquen modificar el criterio judicial anterior, y advierte de que las salidas previstas —ocho horas al día durante cinco días a la semana— se aproximan en la práctica a las condiciones propias de un tercer grado.
DyJ menciona también el caso de Igor Solana, condenado por los asesinatos del teniente coronel Antonio Muñoz Cariñanos, del concejal del PP José María Martín Carpena y del fiscal jefe de Andalucía Luis Portero, padre del presidente de la asociación denunciante. Según el escrito, Solana ha seguido una vía similar dentro de su itinerario penitenciario.
«Ha participado igualmente en actividades de voluntariado organizadas por Cáritas con el fin de acceder también a los mencionados beneficios penitenciarios», sostiene Daniel Portero, presidente de Dignidad y Justicia, en el escrito.
La asociación denuncia además que los expedientes penitenciarios no recogen, según su versión, un control suficiente de las tareas realizadas por estos antiguos miembros de ETA, y recuerda que algunos de ellos no han pedido perdón a sus víctimas. Para DyJ, el problema se agrava porque la misma estructura asistencial atiende a quienes sufrieron los atentados y, a la vez, a condenados que emplean sus actividades sociales como parte de un itinerario para mejorar su situación penitenciaria.
«A Cáritas España han acudido con finalidad asistencial víctimas de estos mismos terroristas, que han buscado consuelo en la organización», señala la carta remitida a Cáritas.
DyJ reclama a la entidad que aclare su posición y revise la participación de expresos de ETA en estos programas, en particular cuando esas actividades puedan ser empleadas después por la Administración penitenciaria para justificar la aplicación del artículo 100.2. El debate sobre los itinerarios de reinserción de presos etarras arrastra precedentes conocidos, como los casos de excarcelaciones y regímenes de semilibertad discutidos ante la Audiencia Nacional en los que la Fiscalía ha recurrido concesiones autonómicas del 100.2.
El recurso presentado este viernes por la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra la nueva concesión de semilibertad a Iparraguirre queda pendiente de resolución judicial.



