|
PortadaParlamentoDeportesOpinión
IBEX 35
Última hora
  1. Una nueva denuncia por agresión sexual señala al alcalde de Algeciras, que no dimite
  2. El vicealcalde de Alicante niega conocer el caso VPP: «Ni tengo constancia»
  3. Las lluvias de otoño arrastran ceniza y lodo del incendio de Burgohondo a los embalses

El Gobierno endurece el control laboral frente al calor en campo y construcción

El Consejo de Ministros aprueba un paquete de medidas que refuerza la Inspección de Trabajo y el seguimiento de denuncias por estrés térmico.

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
Comentarios

El Consejo de Ministros aprobó esta semana un conjunto de medidas para intensificar la vigilancia laboral en los sectores con mayor exposición al calor extremo, principalmente la agricultura y la construcción. La Inspección de Trabajo recibirá más recursos para rastrear incumplimientos y se articulará un sistema de seguimiento específico para las denuncias por estrés térmico.

El paquete aprobado en Consejo de Ministros El Gobierno ha dado forma ejecutiva a una batería de medidas que pivota sobre tres ejes: mayor dotación operativa para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), un protocolo reforzado de información a empresas sobre sus obligaciones ante el calor, y un sistema de trazabilidad para las denuncias presentadas por estrés térmico que, hasta ahora, carecían de seguimiento centralizado. La aprobación en Consejo de Ministros otorga carácter oficial al plan, aunque la eficacia del mismo dependerá del despliegue territorial de la ITSS, un organismo con competencias en todo el Estado pero con ejecución distribuida por comunidades autónomas.

El Ministerio de Trabajo ha subrayado que el refuerzo de la vigilancia se concentrará en los meses de mayor riesgo —junio a septiembre— y en las franjas horarias de mayor radiación solar, coincidentes con las horas centrales del día. La medida se enmarca en la obligación general del empresario de evaluar y eliminar los riesgos laborales recogida en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo artículo 15 obliga a adaptar el trabajo a la persona y a combatir los riesgos en su origen. Sin embargo, la normativa vigente no fija de forma explícita una temperatura máxima de trabajo en exteriores, laguna que los sindicatos llevan años denunciando.

La brecha normativa que el plan no cierra España carece hasta la fecha de un límite térmico operativo obligatorio en faenas al aire libre comparable al que sí establece, por ejemplo, la regulación alemana o la francesa para interiores. El Real Decreto 486/1997, sobre lugares de trabajo, fija temperaturas de referencia para espacios interiores (entre 17 y 27 grados Celsius según el tipo de actividad), pero no resulta aplicable en exteriores. Esta laguna convierte la actuación inspectora en un ejercicio de valoración caso a caso, lo que reduce la contundencia de las sanciones y dificulta la prueba de la infracción. Organizaciones sindicales como CCOO y UGT han reclamado en varias ocasiones la aprobación de un reglamento específico que fije umbrales claros para suspender actividades en campo y obra cuando la temperatura supere determinados valores o cuando el índice de calor —que combina temperatura y humedad— alcance niveles de riesgo.

El Gobierno, por su parte, defiende que el marco actual es suficiente si se aplica con rigor, y que la prioridad inmediata es hacer cumplir la normativa existente antes de abordar nuevas regulaciones. Esta posición genera fricción con los agentes sociales: CCOO ha calificado el paquete de "paso necesario pero insuficiente" y ha pedido que se abra una mesa específica en el diálogo social para negociar un protocolo de temperaturas con valor normativo. UGT ha insistido en que la ausencia de umbrales precisos genera inseguridad jurídica tanto para el trabajador que se niega a trabajar por calor como para la empresa que decide paralizar la actividad.

Datos sobre siniestralidad y exposición térmica La exposición al calor en el trabajo no es un riesgo menor ni estadísticamente irrelevante. Según el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el golpe de calor y el agotamiento por calor figuran como causas contribuyentes en accidentes laborales mortales durante los veranos de los últimos años, aunque la codificación estadística de estas causas ha sido históricamente deficiente, lo que genera un probable subregistro. A nivel europeo, la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) estima que las enfermedades relacionadas con el calor representan uno de los riesgos laborales emergentes de mayor crecimiento en el continente, con especial incidencia en los países del sur. España, junto con Grecia, Italia y Portugal, concentra la mayor proporción de trabajadores expuestos a altas temperaturas en jornada laboral, según datos de la Encuesta Europea sobre Condiciones de Trabajo de Eurofound.

El sector agrario es el más afectado en términos relativos. De acuerdo con los datos del Ministerio de Agricultura, la jornalería agrícola ocupa a cientos de miles de personas en España durante la campaña estival —recolección de fruta, cereales, hortalizas—, con una presencia mayoritaria de trabajadores temporales, muchos de ellos migrantes, con menor conocimiento de sus derechos y mayor dificultad para ejercerlos. La construcción presenta una exposición diferente: la actividad es más constante a lo largo del año, pero las obras en fase de estructura o cubierta exponen a los operarios a superficies que pueden superar ampliamente la temperatura ambiente.

Antecedente: la ola de calor de 2003 y su legado normativo La preocupación institucional por el calor como riesgo laboral no es nueva. La ola de calor de agosto de 2003, que según el Instituto Carlos III provocó en España un exceso de mortalidad de aproximadamente 6.600 personas respecto a la media estacional —en el contexto de una ola que causó más de 70.000 muertes en Europa, según Eurostat—, fue el detonante de los primeros planes de contingencia frente al calor en el país. Sin embargo, aquella respuesta se orientó principalmente hacia la población general y los servicios sanitarios, no hacia el entorno laboral. Habría que esperar a la aprobación del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC), en sus distintas versiones, para que la dimensión laboral del calor comenzase a incorporarse de forma explícita a la planificación pública, aunque con escaso desarrollo normativo concreto.

El precedente de 2003 resulta relevante también porque marcó la primera vez que la administración española utilizó la señal de alerta térmica de forma coordinada con los sistemas sanitarios. Dos décadas después, el debate ha madurado hasta incluir la dimensión laboral de forma más explícita, impulsado por la evidencia científica acumulada y por la presión sindical y de la sociedad civil. El cambio climático ha acelerado la urgencia: según AEMET, la temperatura media en España ha subido aproximadamente 1,3 grados Celsius desde el período preindustrial, y la proyección para final de siglo apunta a veranos significativamente más cálidos y prolongados en la mayor parte del territorio.

Cómo actúa la Inspección de Trabajo en la práctica La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el brazo ejecutor del Estado en materia de cumplimiento laboral. Actúa tanto de oficio —por orden de sus superiores o en campañas sectoriales— como a instancia de parte, cuando recibe una denuncia. En el ámbito de la prevención de riesgos, el inspector tiene potestad para requerir a la empresa que adopte medidas correctoras, levantar acta de infracción con propuesta de sanción, o —en casos de riesgo grave e inminente— ordenar la paralización inmediata de la actividad. Esta última facultad, recogida en el artículo 44 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es la herramienta más poderosa disponible, pero también la más excepcional: implica acreditar que el riesgo es inmediato y grave, algo que con el calor requiere valoración técnica en el momento.

El refuerzo anunciado por el Gobierno contempla que los inspectores cuenten con protocolos más detallados para evaluar situaciones de riesgo térmico, incluyendo el uso de herramientas de medición del índice de calor y criterios técnicos para determinar cuándo procede la paralización. Además, se prevé aumentar el número de visitas de oficio a obras y explotaciones agrícolas durante los meses de verano, priorizando las zonas geográficas con mayor incidencia de altas temperaturas. Andalucía, Extremadura, Murcia y la Comunitat Valenciana figuran habitualmente entre las regiones con mayor exposición.

La ITSS dispone de una plantilla que, según los datos del propio organismo, ha sufrido tensiones en los últimos años por la acumulación de competencias y el volumen de denuncias. El refuerzo de la vigilancia térmica se suma a las campañas ya en curso sobre economía sumergida, subcontratación en construcción y condiciones de trabajo en plataformas digitales, lo que plantea interrogantes sobre la capacidad real de absorber nuevas prioridades sin incremento proporcional de la plantilla inspectora.

La posición de las patronales Las organizaciones empresariales han recibido el anuncio con cautela. La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) ha señalado que el sector ya cuenta con protocolos internos de gestión del calor en muchas empresas y ha pedido que cualquier nueva medida se diseñe en coordinación con las patronales para evitar duplicidades o cargas administrativas adicionales. En el sector agrario, las organizaciones de agricultores y cooperativas han advertido de que la paralización de actividades durante olas de calor puede tener consecuencias irreversibles en cultivos con ventanas de recolección muy estrechas, y han pedido que se tengan en cuenta las especificidades productivas de cada campaña.

Esta tensión entre protección del trabajador y viabilidad productiva es estructural en los sectores de temporada. Las patronales agrarias sostienen que muchos de sus trabajadores son autónomos o forman parte de empresas familiares pequeñas con escaso margen para reorganizar jornadas, y que los costes de adaptar la actividad al calor —turnos nocturnos, pausas obligatorias, equipos de protección adicionales— no siempre pueden trasladarse al precio final del producto en un mercado con fuerte competencia de terceros países con menores estándares laborales.

Próximos pasos y calendario de aplicación El paquete aprobado en Consejo de Ministros marca el punto de partida de un proceso cuya concreción operativa dependerá de varios factores. En primer lugar, la publicación de las instrucciones técnicas para la Inspección de Trabajo, que deberán materializarse en circulares o criterios técnicos —documentos internos de la ITSS con valor orientador para los inspectores— antes del inicio de la campaña de mayor calor. En segundo lugar, la efectividad del sistema de seguimiento de denuncias por estrés térmico, que requerirá una adaptación de los sistemas de registro del organismo.

A medio plazo, el debate sobre la aprobación de una norma específica con umbrales de temperatura continuará abierto en el marco del diálogo social. El Gobierno ha evitado comprometerse a plazos concretos en este punto, lo que los sindicatos interpretan como una señal de que la voluntad política para dar ese paso no está consolidada. La presidencia española de turno del Consejo de la UE —que España ejerció en el segundo semestre de 2023— impulsó en su momento la inclusión del riesgo climático laboral en la agenda europea, y la nueva directiva comunitaria sobre salud y seguridad en el trabajo, cuya negociación avanza en Bruselas, podría acabar forzando la mano a los Estados miembros en esta materia. España tendrá que transponer esa normativa una vez aprobada, lo que podría proporcionar el impulso normativo que la presión interna no ha logrado hasta ahora.

¿Qué te ha parecido esta pieza?

Siguiente en España →Esteban (PNV) sobre la huelga del 11-N: «No va a construir más vivienda»
¿Tienes información para ampliar esta noticia? Escríbenos por el canal para informantes — protegemos a las fuentes.¿Error en este artículo? → Infórmanos

Comentarios

Comentas como Anónimo — seudónimo generado localmente, sin cuenta
0/1000

Cargando la conversación…

Los comentarios son anónimos. El Hemiciclo no registra IPs ni vincula comentarios a cuentas de usuario. Tu seudónimo y tus comentarios se guardan solo en este dispositivo. Conexión cifrada (HTTPS).

Sigue leyendo en El Hemiciclo