El perito ante el Senado: contabilidad alterada y fondos irrecuperables
Un perito declaró ante la Cámara Alta que Plus Ultra Líneas Aéreas manipuló su contabilidad para acceder al rescate público de 53 millones de euros concedido por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) con cargo al Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, creado al amparo del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. El experto sostuvo, además, que la situación financiera real de la aerolínea hace inviable la devolución de esas cantidades al erario público. El testimonio, prestado en sede parlamentaria, introduce por primera vez un elemento de prueba técnica formal en el escrutinio político del caso.
La comparecencia se encuadra en la función de control e investigación reconocida a las Cortes Generales por el artículo 66.2 de la Constitución española. El testimonio pericial ante una comisión del Senado no genera por sí mismo efectos jurídicos penales ni civiles, pero constituye un instrumento de fiscalización pública cuyo contenido puede coordinarse con procedimientos judiciales o administrativos en curso. La valoración definitiva del dictamen corresponde, en todo caso, a los órganos judiciales o de control competentes.
El Fondo SEPI: requisitos legales y criterios de elegibilidad
El Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, dotado inicialmente con 10.000 millones de euros según el Real Decreto-ley 25/2020, habilitó a la SEPI para inyectar capital en compañías que acreditasen viabilidad económica previa a la pandemia y carácter estratégico para la economía española. Entre los requisitos exigidos figuraban la presentación de cuentas auditadas que justificasen el préstamo y garantizasen su reintegro, así como la demostración de que la crisis sanitaria —y no una situación estructural preexistente— había sido la causa determinante de las dificultades financieras. La concesión a Plus Ultra, aprobada en junio de 2021 por el Consejo de Administración de la SEPI, fue cuestionada desde el primer momento por varios grupos parlamentarios y por el Tribunal de Cuentas, que inició actuaciones de fiscalización sobre el proceso.
Según datos del propio fondo recogidos en los informes de seguimiento de la SEPI, Plus Ultra fue una de las primeras aerolíneas en recibir apoyo público con cargo a ese mecanismo. El rescate equivalía a una inyección de capital de riesgo en una compañía con una cuota de mercado marginal en el tráfico de largo radio España-Latinoamérica, segmento dominado por Iberia y Air Europa, según estadísticas de AENA y Eurocontrol correspondientes a 2019 y 2020. La escasa dimensión operativa de la compañía —que en el ejercicio previo a la pandemia contaba con una flota de cuatro aeronaves, según registros de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)— alimentó el debate sobre si cumplía el criterio de empresa estratégica.
La controversia política desde 2021: solicitudes parlamentarias y actuaciones judiciales
La polémica sobre el rescate a Plus Ultra se remonta a la propia aprobación de la ayuda. El Partido Popular y Ciudadanos presentaron en 2021 solicitudes de comparecencia y preguntas parlamentarias para que el Gobierno explicase los criterios aplicados. La AIReF, en su función de evaluación del gasto público, y el Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su mandato constitucional recogido en el artículo 136 CE, abrieron vías de análisis sobre la gestión del fondo. Fuentes judiciales de dominio público confirmaron en su momento la existencia de diligencias en instancias penales relacionadas con el proceso de concesión, aunque el estado actualizado de esas actuaciones no ha podido ser verificado de forma independiente por esta redacción al cierre de esta edición.
Como precedente histórico comparable, el caso evoca la controversia generada por las ayudas públicas a Spanair entre 2009 y 2012, cuando el Estado —a través de la Generalitat de Catalunya y con participación de fondos públicos autonómicos— mantuvo viva una aerolínea cuya inviabilidad estructural fue certificada a posteriori por peritos y auditores. Spanair cesó operaciones en febrero de 2012 dejando una deuda con administraciones públicas estimada en varios cientos de millones de euros, según datos recogidos en las memorias de liquidación de la compañía. Aquel episodio derivó en investigaciones parlamentarias autonómicas y en procedimientos civiles sobre responsabilidad de administradores.
Lo que afirma el perito y lo que la documentación disponible no precisa
El perito declaró ante los senadores, según el material trasladado a esta redacción, que Plus Ultra alteró sus cuentas para cumplir aparentemente los requisitos del fondo y captar los 53 millones de euros, y que la situación financiera real de la empresa hace inviable el reintegro de esas cantidades. El alcance íntegro del dictamen —incluyendo los ejercicios contables analizados, la metodología aplicada y las partidas específicas que el experto considera manipuladas— no ha sido detallado en la documentación disponible. Esta redacción no ha podido verificar de forma independiente el contenido completo del informe ni identificar públicamente al perito o el organismo que encargó la pericial.
Este diario solicitó posición a la compañía en aplicación de su protocolo de derecho de réplica, sin obtener respuesta. La SEPI tampoco ha emitido, según la información disponible, valoración pública alguna sobre el contenido de la comparecencia ante el Senado. Ninguna de las dos instituciones ha desmentido, confirmado ni matizado los términos en que fue descrito el dictamen.
Procedimiento parlamentario y próximos pasos institucionales
En el plano parlamentario, la declaración pericial puede servir de base para que los grupos de la Cámara Alta impulsen nuevas comparecencias, soliciten documentación adicional a la SEPI o al Ministerio de Hacienda —organismo del que depende el holding público— o planteen preguntas escritas al Gobierno sobre el estado del reintegro de los fondos. El reglamento del Senado, en sus artículos 67 y siguientes, habilita a las comisiones para recabar la presencia de funcionarios, expertos y representantes de organismos públicos.
En el plano judicial y de control externo, si existe causa penal abierta vinculada al rescate, el dictamen pericial presentado en sede parlamentaria podría ser trasladado al procedimiento correspondiente, aunque su valor probatorio quedaría supeditado a la ratificación del perito ante el órgano jurisdiccional competente. El Tribunal de Cuentas, por su parte, puede exigir el reintegro de fondos públicos concedidos de forma irregular con independencia del resultado de cualquier proceso penal, conforme a la Ley Orgánica 2/1982 y la Ley 7/1988 de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Los plazos de prescripción de la responsabilidad contable —fijados en cinco años para infracciones graves según la legislación vigente— condicionarán la viabilidad de eventuales acciones de reintegro en función de la fecha en que se acredite la irregularidad.

