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Tribunal de Cundinamarca suspende dos convenios del modelo de pasaportes

La medida cautelar recae sobre convenios del Fondo Rotatorio de la Cancillería y la Imprenta Nacional; el tribunal ordenó garantizar la continuidad de la expedición.

Por Redacción de El Hemiciclo·
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la suspensión provisional de dos convenios que soportan el nuevo modelo de expedición de pasaportes impulsado por el gobierno de Gustavo Petro: el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025 y el CI-005 de 2026, junto con los contratos derivados de ambos.

El fallo se enmarca en un proceso que cuestiona la manera en que se estructuró el esquema de producción de pasaportes tras el cambio de operador impulsado por la actual administración. El mecanismo de la acción popular, previsto en la Ley 472 de 1998, permite a cualquier ciudadano acudir ante la jurisdicción contencioso-administrativa cuando considera que una actuación estatal amenaza derechos e intereses colectivos, entre ellos el acceso a servicios públicos y la protección del patrimonio público.

En su análisis, la corporación encontró indicios —no una determinación de fondo— que, a su juicio, generan incertidumbre sobre la ejecución del nuevo modelo. Entre los elementos señalados en la providencia figuran cambios e incumplimientos en los cronogramas, información institucional contradictoria, ausencia de soportes verificables sobre infraestructura y personal, y cuestionamientos relacionados con la disponibilidad presupuestal del proyecto.

Según el tribunal, esos factores reflejan deficiencias en la planeación y dificultan establecer con claridad el grado real de avance de la iniciativa, una situación que, a juicio de la corporación, genera riesgos que justifican adoptar medidas preventivas mientras se resuelve el fondo del proceso. La providencia advirtió que la incertidumbre detectada podría comprometer el suministro de las libretas de pasaporte y afectar la continuidad del servicio, además de generar posibles riesgos para el patrimonio público por el uso de recursos estatales en un esquema cuya ejecución aún presenta interrogantes.

La corporación fue enfática en precisar que, en esta etapa procesal, no está definiendo la validez de los contratos involucrados ni la legalidad del convenio con la imprenta portuguesa, sino evaluando si existen elementos suficientes para adoptar medidas de protección sobre los derechos e intereses colectivos invocados por el demandante.

Qué cambia y qué no para el usuario

El punto que más inquietud podía generar entre los ciudadanos —dada la experiencia reciente de demoras en la expedición del documento— fue despejado de manera expresa. Frente a los argumentos de las entidades demandadas, que advertían sobre una posible interrupción del servicio, el tribunal enfatizó que la suspensión de los convenios no implica detener la expedición de pasaportes.

Por el contrario, la providencia ordenó a las entidades involucradas adoptar todas las acciones administrativas, contractuales y operativas necesarias para garantizar la continuidad del servicio y evitar afectaciones a los usuarios mientras avanza el proceso. La decisión dejó a salvo de manera expresa el convenio con Casa da Moeda de Portugal, entidad que participa en el esquema vigente.

Además de la suspensión provisional, el tribunal ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Fondo Rotatorio de la Cancillería, a la Imprenta Nacional de Colombia y a Casa da Moeda de Portugal presentar, en un plazo de 20 días hábiles, un informe conjunto que detalle las actividades ejecutadas, los avances alcanzados, los compromisos cumplidos, el cronograma actualizado y los soportes que permitan verificar el estado de implementación del modelo.

El tribunal también solicitó información completa sobre la cadena de producción de las libretas, incluidos los lugares donde se fabrican y personalizan los documentos, así como la identificación de las entidades, contratistas o terceros que participan en el proceso. Esa exigencia apunta a despejar las dudas sobre la trazabilidad del esquema, uno de los aspectos más cuestionados desde que se anunció el cambio de proveedor.

El nuevo modelo de expedición había sido cuestionado desde antes de esta medida por la manera en que entró en vigencia. Hace unos meses, se registraron demoras en la entrega del documento que generaron reclamos al sistema, situación que reaparece ahora como telón de fondo del litigio que llega a la jurisdicción contencioso-administrativa.

El caso se inscribe en una tradición de control judicial sobre contratos y convenios públicos que en Colombia registra antecedentes en la jurisdicción contencioso-administrativa, donde los jueces han empleado medidas cautelares provisionales en procesos relacionados con concesiones y contratos de infraestructura para proteger recursos públicos sin paralizar servicios esenciales mientras se define el fondo del asunto.

Hasta el momento no se conoce un pronunciamiento público de la Cancillería sobre el fallo, más allá de la información remitida al proceso judicial, ni una posición oficial de la Casa de Nariño sobre una decisión que recae sobre convenios impulsados por la actual administración. Durante el trámite, las entidades demandadas habían advertido sobre el riesgo de una interrupción del suministro de libretas, escenario que la corporación descartó al ordenar mantener la continuidad del servicio.

El expediente continuará su curso en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que deberá evaluar en el fondo del proceso la legalidad de los convenios suspendidos una vez reciba el informe conjunto exigido a las entidades. De ese documento, que vence dentro de 20 días hábiles, dependerá en buena medida el rumbo del litigio y la eventual continuidad o modificación del esquema de producción de pasaportes.

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