El decreto desarrolla lo dispuesto por la Ley 2489 de 2025, que había fijado el marco general de protección de la infancia y la adolescencia en entornos digitales pero que requería una reglamentación específica para su implementación operativa. Con esta norma, el Ejecutivo busca dotar de contenido concreto los principios de la ley, definiendo mecanismos, responsables y una hoja de ruta para su puesta en marcha. El ministerio señaló que la normativa responde a la necesidad de blindar jurídicamente la protección de los menores frente a fenómenos que se han extendido con el uso masivo de internet en la vida cotidiana.
Entre las medidas centrales figura la creación de una política nacional orientada a promover entornos digitales más seguros para la población menor de edad, que según el ministerio articulará las acciones de las distintas entidades del Estado con competencias en la materia. Esa política se complementará con un banco gratuito de herramientas y materiales pedagógicos dirigidos a familias y docentes, pensado para fortalecer la alfabetización digital tanto de los adultos responsables del cuidado como de los propios niños y adolescentes.
El decreto contempla además la puesta en marcha de un sistema de monitoreo que permitirá identificar y atender los riesgos y las violencias digitales que enfrentan los menores. De acuerdo con la información divulgada por el ministerio, el sistema estará orientado a detectar patrones de riesgo y facilitar una respuesta institucional más rápida ante casos de ciberacoso, explotación sexual en línea o exposición a contenidos dañinos. La norma refuerza también los canales de denuncia disponibles para reportar estas situaciones y ordena una mayor coordinación entre las entidades responsables de garantizar los derechos de la infancia.
Qué queda fuera del alcance de la norma
El Gobierno subrayó de manera expresa que las nuevas medidas no implican censura, vigilancia masiva ni modificaciones en el cifrado de las comunicaciones. La aclaración apunta a despejar las dudas que suelen surgir en el debate público colombiano cuando se discuten normas de regulación digital, un terreno en el que las preocupaciones sobre la privacidad de los usuarios y las libertades en línea han sido recurrentes. El ministerio informó que la aplicación de las medidas será gradual, aunque no precisó los plazos exactos para la puesta en marcha de cada componente.
El decreto exige mayores estándares de privacidad a los servicios digitales que operan en el país, en materia de manejo de datos personales de menores de edad. Esa exigencia se suma a las obligaciones ya vigentes bajo la Ley 1581 de 2012, que rige en Colombia el tratamiento de información personal por parte de entidades públicas y privadas y consagra el derecho de habeas data. La norma vigente establece protecciones reforzadas para el tratamiento de datos de niños, niñas y adolescentes.
El Gobierno destacó que la reglamentación no recae de manera exclusiva sobre el Estado, sino que involucra de forma directa a las familias, los colegios y las plataformas digitales, actores que según el texto deberán trabajar de manera conjunta para la construcción de espacios más seguros. Este enfoque de corresponsabilidad ha sido presentado por el ministerio como un elemento estructural de la política, bajo el argumento de que ninguna medida regulatoria puede sustituir la supervisión y el acompañamiento familiar y escolar.
Antes de su expedición, la norma surtió dos procesos de consulta pública en los que, según cifras del Gobierno, se recibieron más de 500 comentarios y propuestas de ciudadanos y de distintas entidades. Este mecanismo de participación es habitual en el trámite de decretos reglamentarios en Colombia y busca incorporar observaciones técnicas y sociales antes de la firma definitiva por parte del Ejecutivo.
Como antecedente directo, el ministerio recordó que en los últimos cuatro años el Gobierno ha desarrollado más de 3,4 millones de acciones de sensibilización dirigidas a niños, adolescentes, padres, docentes y cuidadores a través de la iniciativa CiberPaz, que ha operado como principal instrumento de educación digital preventiva antes de la expedición de este nuevo marco.
Dos décadas de normas sobre protección de la infancia
El debate sobre la protección de menores no es nuevo en el país. Desde la expedición del Código de la Infancia y la Adolescencia —la Ley 1098 de 2006—, Colombia ha incorporado de manera progresiva disposiciones para blindar los derechos de niños y adolescentes frente a nuevos riesgos sociales, incluidos los asociados a las tecnologías de la información. La expedición del Decreto 0769 se enmarca en una tendencia regional en la que varios países de América Latina han avanzado en la regulación de la protección de menores en línea, en paralelo a las discusiones que se dan en foros multilaterales sobre gobernanza de internet.
De cara a los próximos meses quedan pendientes de definición varios aspectos operativos de la reglamentación, entre ellos el cronograma detallado de implementación del sistema de monitoreo y la forma en que se articulará la coordinación entre las entidades estatales involucradas. Se trata de puntos que previsiblemente serán objeto de seguimiento por parte de organizaciones de la sociedad civil y de los congresistas que impulsaron la Ley 2489 de 2025 en el Congreso de la República.
