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El acuerdo de 2007 con Marruecos permite pedir el retorno de menores

El tratado firmado en Rabat hace 19 años obliga a estudiar caso por caso el traslado de menores marroquíes no acompañados llegados a Ceuta y Melilla

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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El acuerdo bilateral entre España y Marruecos sobre menores no acompañados, firmado en Rabat el 6 de marzo de 2007 durante la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero, permite a las autoridades españolas exigir a Rabat la colaboración necesaria para estudiar, caso por caso, el retorno de parte de los menores que la semana pasada cruzaron las fronteras de Ceuta y Melilla, donde permanecen bajo tutela de ambas ciudades autónomas.

El tratado, denominado Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado, lleva vigente casi dos décadas. La llegada de más de un millar de menores a las dos ciudades autónomas en los últimos días ha vuelto a poner el foco sobre un instrumento jurídico que, según las citadas fuentes de Infancia de Canarias, ofrece un marco de actuación distinto al que suele describirse desde instancias gubernamentales.

El texto establece que las autoridades españolas, de oficio o a propuesta de la entidad pública que ejerza la tutela del menor, resolverán sobre su retorno al país de origen, siempre con «observancia estricta de la legislación española, las normas y principios del derecho internacional y de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño», ratificada por España en 1990 y por Marruecos en 1993. La cláusula configura el retorno como una posibilidad reglada y sujeta a garantías, no como una devolución automática.

La legislación española no permite el rechazo en frontera ni la devolución sumaria de menores extranjeros no acompañados una vez han entrado en territorio nacional. El sistema de protección de menores, regulado por la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor y sus sucesivas reformas, obliga a las comunidades autónomas a asumir la tutela mientras se determina la situación de cada niño. El acuerdo de 2007 no contradice ese marco, pero habilita una vía de cooperación bilateral para explorar el retorno cuando resulte compatible con el interés superior del menor, incluida la reunificación familiar en origen.

Diferencias de procedencia

Las fuentes de Infancia de Canarias subrayan que la aplicación práctica del acuerdo depende en gran medida del origen de cada menor. Los procedentes de países como Senegal, Malí o Sudán —una minoría dentro del conjunto de llegadas— suelen haber recorrido largas rutas migratorias africanas, en muchos casos sin contacto con sus familias, lo que dificulta enormemente su localización. La situación de conflicto armado en sus países de origen los convierte, además, en potenciales beneficiarios de protección internacional y asilo, estatutos regulados por la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y por la Convención de Ginebra de 1951.

El caso de los menores de nacionalidad marroquí, mayoritario entre quienes cruzaron a Ceuta y Melilla la semana pasada, presenta características distintas. Según las mismas fuentes, buena parte de ellos mantiene contacto telefónico con sus familias, que en muchas ocasiones residen a pocos kilómetros de la frontera, en el norte de Marruecos. Esa proximidad geográfica y el mantenimiento del vínculo familiar facilitan una localización más rápida por parte de las fuerzas de seguridad marroquíes, lo que —según Infancia de Canarias— permitiría, una vez asegurados los derechos del niño, devoluciones a su domicilio en un plazo de días o semanas.

El acuerdo prevé explícitamente esa cooperación: las partes «colaborarán, en el marco de la preservación del interés superior de los menores de edad, para garantizar, en cada caso de retorno al país de origen, las condiciones de la reunificación familiar efectiva del menor o su entrega a cargo de una institución de tutela». El texto añade el compromiso de establecer «un dispositivo de acogida dotado con recursos materiales y humanos cualificados, tanto públicos como privados o que procedan de ONGs que trabajan en el ámbito de la protección y de la repatriación de menores».

La situación recuerda a la crisis migratoria de mayo de 2021, cuando más de 10.000 personas, entre ellas cerca de 1.500 menores no acompañados, entraron en Ceuta en apenas dos días tras una relajación de los controles fronterizos marroquíes, en plena crisis diplomática por la acogida en España del líder del Frente Polisario. Aquel episodio derivó en un proceso de retornos que se prolongó durante meses y generó controversia jurídica sobre los procedimientos empleados, con recursos ante los tribunales españoles que cuestionaron la individualización de algunas devoluciones.

Aquella crisis se cerró con la normalización de relaciones entre Madrid y Rabat en marzo de 2022, cuando el Gobierno de Pedro Sánchez respaldó la propuesta marroquí de autonomía para el Sáhara Occidental como «la base más seria, realista y creíble» para resolver el conflicto, en un giro respecto de la posición tradicional española. Desde entonces la cooperación en materia migratoria se ha mantenido como uno de los pilares de la relación bilateral, aunque episodios como el actual muestran que las tensiones en torno a los menores no acompañados no han desaparecido.

Desde el Gobierno se ha defendido que la acogida de estos menores responde a una obligación legal derivada de la protección internacional de la infancia, en línea con el artículo 39 de la Constitución, que consagra la protección social, económica y jurídica de los menores. El Ejecutivo no se ha pronunciado específicamente sobre la aplicación del acuerdo de 2007 en el episodio actual. Por parte marroquí, la colaboración efectiva en la identificación y reunificación depende, según el propio tratado, de la respuesta de sus autoridades a las comunicaciones españolas.

Las comunidades autónomas, que ostentan la competencia de tutela sobre los menores extranjeros no acompañados una vez entran en el sistema de protección, han reclamado en numerosas ocasiones mayor apoyo del Estado ante episodios de llegadas masivas. El reparto de menores entre territorios, articulado mediante acuerdos del Consejo Interterritorial de Servicios Sociales, ha sido fuente de fricciones políticas recurrentes en los últimos años.

La aplicación efectiva del acuerdo de 2007 dependerá ahora de la voluntad de ambos gobiernos para activar los mecanismos de identificación y reunificación familiar previstos en el texto. El proceso, según las fuentes citadas, requiere varias semanas incluso en los casos más favorables, dado que exige verificar la identidad del menor, confirmar la disposición de la familia a recibirlo y garantizar que el retorno no vulnera ningún derecho fundamental reconocido por la normativa española e internacional.

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