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La JEP condena a seis años y tres meses al coronel (r) Figueroa por 38 falsos positivos

«No basta con reconocer responsabilidad, es necesario decir la verdad y pedir perdón ante las víctimas», indicó el tribunal al imponer una sanción alternativa.

Por Redacción de El Hemiciclo·
2 min de lectura
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La Jurisdicción Especial para la Paz condenó este jueves a seis años y tres meses de prisión al coronel (r) Juan Carlos Figueroa Suárez, excomandante del Batallón La Popa, en Valledupar, por la ejecución extrajudicial de 38 personas presentadas falsamente como bajas en combate. El fallo llega diez meses después de que el oficial en retiro aceptara públicamente su responsabilidad ante el tribunal.

El caso había arrancado por la vía adversarial, con Figueroa declarándose inocente en las primeras audiencias de reconocimiento. El oficial cambió de postura en la etapa final del proceso y terminó por aceptar los cargos en una audiencia de reconocimiento de verdad celebrada el 27 y 28 de agosto, lo que permitió cerrar el juicio por la vía dialógica restaurativa en lugar de un litigio contencioso.

"El reconocimiento tardío de Figueroa y sus aportes a la verdad son garantías para el derecho a la reparación de las víctimas, en el marco de este juicio que inició por la vía adversarial y culminó en el proceso dialógico restaurativo", señaló la JEP en el comunicado en el que informó la sentencia.

La sentencia incorpora once obligaciones restaurativas a cargo del excoronel, entre ellas dignificar públicamente el buen nombre de las víctimas, aportar información útil para la búsqueda de personas desaparecidas en Valledupar y adelantar acciones de memoria en los territorios afectados por los llamados falsos positivos atribuidos al Batallón La Popa.

El fallo también fija obligaciones para entidades estatales, que deberán avanzar en la búsqueda e identificación de las víctimas desaparecidas, facilitar su acceso a la reparación material, revocar las condecoraciones que recibió Figueroa por resultados operacionales y realizar un acto público de petición de perdón en nombre de las Fuerzas Militares.

"En este proceso ante la JEP no basta con reconocer responsabilidad, es necesario decir la verdad y pedir perdón ante las víctimas en audiencia restaurativa, tal como lo hizo el compareciente en la audiencia del 27 y 28 de agosto", indicó el alto tribunal.

Quinta sentencia de la jurisdicción

Esta es la quinta sentencia que emite la JEP dentro de los macrocasos que investiga desde su creación tras el Acuerdo de Paz de 2016, y hace parte de las 3.618 decisiones con efectos de sentencia que ha proferido la jurisdicción. Se trata, además, de la segunda sanción alternativa impuesta tras un proceso de reconocimiento tardío de un máximo responsable, una figura que distingue a quienes aceptan su responsabilidad fuera de los plazos iniciales previstos en el sistema transicional.

El Batallón La Popa es uno de los núcleos del macrocaso 03 de la JEP, que investiga los asesinatos cometidos por agentes del Estado presentados ilegítimamente como bajas en combate durante el conflicto armado. El patrón de ejecuciones extrajudiciales en el norte del país se concentró especialmente entre los años 2000 y 2010 y recayó sobre población civil capturada o engañada para después ser reportada como enemiga abatida.

El coronel (r) Figueroa cumplirá la condena en un sitio de reclusión especial destinado a integrantes de la Fuerza Pública, conforme al régimen diferenciado que opera dentro del sistema de justicia transicional para miembros de las fuerzas armadas comparecientes ante la JEP. En la misma línea, puede leerse la cobertura reciente sobre dos militares que murieron en el Batallón Tarqui de Sogamoso tras un disparo con arma de fuego.

Fuentes

  1. Semanasemana.com

Material del que parte esta pieza. El texto es propio; los enlaces llevan al original.

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