La resolución se sustenta en las disposiciones que protegen a los artistas intérpretes o ejecutantes frente a la explotación comercial no autorizada de su imagen o su voz, un derecho que se ha equiparado al que ampara el texto escrito de una autora literaria. El IMPI consideró que la editorial incurrió en una infracción en materia de comercio al publicar el nombre de la cantante sin su autorización, en el expediente "Gloria de los Ángeles Treviño Ruiz vs. Penguin Random House Grupo Editorial".
El propio reglamento de esa ley contempla, sin embargo, una excepción expresa. El artículo 74 establece que no constituye infracción en materia de comercio la utilización de la imagen de una persona sin autorización cuando se realice con fines informativos, periodísticos o en ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
"Para los efectos de la fracción II del artículo 231 de la ley, no constituirá infracción en materia de comercio la utilización de la imagen de una persona sin la autorización correspondiente, cuando se realice con fines informativos o periodísticos o en ejercicio del derecho de libertad de expresión", dispone el artículo 74 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.
La misma ley exige, para que proceda una sanción de este tipo, que se acredite un lucro directo o indirecto derivado del uso del nombre o la imagen, requisito pensado para combatir la explotación no autorizada del trabajo de artistas. Acreditar ese lucro resulta complejo tratándose de una editorial que incluyó el nombre de la cantante en el marco de un trabajo de investigación periodística y no como reclamo comercial autónomo.
El caso se conoce en un país que Reporteros sin Fronteras clasifica entre los más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo, con más de 150 comunicadores asesinados en los últimos años según esa organización. En ese entorno se inscriben episodios como amenazas públicas de un senador de la república contra un periodista o el señalamiento, desde la mañanera, de comunicadores y analistas críticos, entre ellos la politóloga María Amparo Casar.
Penguin Random House ha publicado en México otras obras de no ficción que incomodaron a figuras con poder político o económico y ha enfrentado litigios sin retirar títulos de circulación. La discusión sobre el caso Trevi coincide con una semana en que otras instituciones federales estuvieron en la agenda pública, como la Sedema, que analiza una solicitud de la Sedena para construir un complejo cultural en Chapultepec.
La sanción ha sido leída por voces del sector editorial como un precedente que, de confirmarse en instancias posteriores, podría desalentar la publicación de investigaciones periodísticas sobre figuras públicas ante el riesgo de multas cuantiosas. El argumento de quienes cuestionan la resolución es que el trabajo periodístico consiste en documentar e informar sobre personas con relevancia pública, no en obtener su autorización previa para hacerlo.
El caso queda sujeto a las instancias de revisión que prevé el marco de propiedad industrial mexicano, sin que se conozca una resolución definitiva sobre el litigio entre la cantante y la editorial.