El litigio tiene su origen en un acuerdo alcanzado en 2020 entre la Comisión Europea y varias empresas petroquímicas, relacionado con compras de etileno realizadas en el pasado en el noroeste europeo, región que concentra buena parte de la industria química del continente. El etileno es una materia prima petroquímica fundamental que se utiliza para fabricar plásticos y otros productos industriales, por lo que cualquier distorsión en su comercialización repercute en cadenas de suministro que llegan hasta mercados como el mexicano, donde empresas del sector dependen de insumos importados o de licencias tecnológicas ligadas a estos mismos actores globales.
Las demandas desestimadas eran, de acuerdo con la información divulgada por Celanese, acciones derivadas: reclamaciones que se apoyan en investigaciones o sanciones previas de una autoridad regulatoria —en este caso la Comisión Europea— para exigir compensaciones económicas por parte de compradores que se consideran afectados. Este tipo de litigios se ha vuelto frecuente en Europa tras resoluciones de competencia económica, y su desenlace en Ámsterdam se perfila como referencia para casos similares que pudieran surgir en otras jurisdicciones.
La empresa señaló que el mismo tribunal rechazó la solicitud presentada por determinadas entidades de Repsol, agrupadas bajo la fundación Stichting Ethylene Claims, que pedían declarar a Celanese y a los codemandados responsables de los daños.
Del acuerdo europeo a los tribunales civiles
La resolución del Tribunal de Distrito de Ámsterdam no agota necesariamente el proceso. En el sistema judicial neerlandés, las partes inconformes pueden recurrir la decisión ante una corte de apelaciones, por lo que el desenlace definitivo podría extenderse más allá de esta primera instancia. La vía de apelación es un derecho procesal habitual en controversias comerciales de gran cuantía como esta, en la que se ventila la responsabilidad civil de un fabricante químico frente a compradores industriales.
El caso se inscribe en una tendencia más amplia de litigios de competencia económica derivados de investigaciones de la Comisión Europea, organismo que ejerce un escrutinio sostenido sobre sectores estratégicos como energía, telecomunicaciones y manufactura química. Estas controversias fijan precedentes sobre los límites de la responsabilidad civil derivada de sanciones regulatorias, un terreno donde la legislación de cada país establece reglas distintas para que los afectados busquen reparación tras una sanción administrativa.
Para el lector mexicano, el caso ofrece un punto de comparación. La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) ha sancionado en el país prácticas monopólicas en diversos sectores, y la Ley Federal de Competencia Económica contempla que las empresas afectadas puedan reclamar la reparación del daño ante tribunales civiles. Ese mecanismo, sin embargo, ha tenido en México un desarrollo jurisprudencial más acotado que en la Unión Europea, donde las acciones derivadas de resoluciones de competencia cuentan con mayor tradición procesal.
Celanese, en plena expansión
Celanese, empresa estadounidense especializada en la producción de materiales químicos y plásticos de ingeniería, atraviesa un periodo de expansión de su portafolio. La compañía adquirió la unidad de movilidad y materiales de DuPont por 11,000 mdd, operación que refuerza su posición como uno de los mayores fabricantes de polímeros especializados a escala global, con implicaciones para clientes industriales en América del Norte —incluido México— dada la integración de las cadenas de manufactura automotriz y electrónica en la región bajo el marco del T-MEC.
El mercado del etileno funciona como un termómetro de la industria petroquímica mundial: su precio y disponibilidad inciden en el costo de producción de plásticos utilizados en empaques, autopartes y bienes de consumo, sectores en los que México mantiene una integración productiva estrecha con EU y Canadá. Litigios como el resuelto en Ámsterdam, aunque circunscritos al mercado europeo, sirven a los actores de la industria como referencia sobre el nivel de riesgo legal que enfrentan las grandes petroquímicas por prácticas comerciales pasadas.
El siguiente hito del proceso dependerá de que Shell, Repsol o las entidades que las representan formalicen o no un recurso de apelación ante las instancias superiores del sistema judicial neerlandés dentro de los plazos que fija la ley de ese país. De no interponerse, la desestimación quedaría firme; de presentarse, la controversia por las compras de etileno en el noroeste de Europa continuaría en una segunda instancia cuya resolución podría tardar aún varios meses.