La demanda apuntaba contra seis senadores —Paloma Susana Valencia, Esteban Quintero, Andrés Felipe Guerra, Paola Holguín, María Fernanda Cabal y Miguel Uribe Turbay— y cuatro representantes a la Cámara —Juan Fernando Espinal, Hernán Darío Cadavid, Jhon Jairo Berrío y Julián Peinado—, todos elegidos para el período constitucional 2022-2026. Patiño González sostenía que, al respaldar la iniciativa de Rendón para reunir $1 billón destinado a rematar las obras 4G, los congresistas incurrieron en la causal del numeral 1.º del artículo 183 de la Constitución, que prohíbe a los legisladores celebrar contratos con entidades públicas por sí o por interpuesta persona.
La Sala Segunda Especial de Decisión de Pérdida de Investidura del Consejo de Estado ya había desestimado la solicitud en primera instancia, al considerar que ningún congresista firmó contrato alguno y que la obra vial beneficiaba "a la comunidad en general", no a los legisladores ni a terceros identificables. Patiño González apeló esa decisión ante la corporación, que el 11 de agosto ratificó el sentido del fallo.
En la providencia, el alto tribunal fue explícito sobre la ausencia de un vínculo contractual formal entre el departamento de Antioquia y los congresistas señalados.
"En el presente caso, se advierte que no se celebró ningún contrato estatal entre el departamento de Antioquia y los congresistas censurados, pues no hay prueba de que el acuerdo de voluntades haya sido elevado a escrito, en tanto fue voluntad del legislador revestir de solemnidad el contrato estatal", señaló el Consejo de Estado.
El tribunal descartó, además, que el respaldo público a la iniciativa, o incluso el desembolso de recursos por parte de los congresistas, configurara por sí solo una relación contractual con el Estado.
"El hecho de que los congresistas hubieran manifestado públicamente su intención de contribuir con la financiación de las obras viales o que incluso hubieren efectuado el correspondiente desembolso no permite inferir, sin más, la existencia de un contrato estatal", concluyó la corporación.
La pérdida de investidura, contemplada en el artículo 183 de la Constitución Política, es uno de los mecanismos de control más severos sobre la conducta de los congresistas: implica la cancelación de la curul y una inhabilidad política de por vida para quien resulte sancionado. Su interpretación restrictiva por parte del Consejo de Estado, máximo tribunal de lo contencioso-administrativo, se ha reiterado en casos donde no media un contrato formal con las solemnidades escritas que exige el estatuto de contratación estatal.
El fallo cierra la vía intentada por Patiño González, que ya había perdido en primera instancia y volvió a ser derrotado en apelación. La demanda alcanzaba a figuras con protagonismo nacional, entre ellas Miguel Uribe Turbay y María Fernanda Cabal, ambos entre los diez congresistas señalados.
